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JUICIOS LABORALES

Luis Caputo blablá Pilar pero hay 637.330 expedientes y él no dice ni mu

Desde hace 2 años las empresas advierten a Luis Caputo sobre la acumulación de 637.330 expedientes. Pero el ministro insiste en su 'siga / siga'. Irresponsable.

Luis Caputo, ministro de Economía de la Nación, no bajó la presión tributaria efectiva en 2 años. El llamado 'Impuesto PAIS' cesó porque no lo pudieron renovar, no porque hayan renunciado a percibirlo. Pero 'Toto' Caputo intenta posicionarse como un defensor de la baja de impuestos -que no cumple- acusando a Federico Achával, intendente de Pilar, municipio abundante en viviendas del ABC1, electores de La Libertad Avanza, de subir tasas municipales.

Una hipocresía lo de Caputo pero políticamente válida. Un traspié para Achával, quien junto a Julio Zamora (Tigre), son los peronistas que más acceso tienen al ABC1 que vota a Javier Milei. Para Urgente24, un error de Achával no responder en tiempo y forma.

Más allá de este 'sprint' de Caputo, hay un problema mucho más serio que Pilar, y que él pretende ignorar desde hace 2 años pese a que muchos de sus amigos del Newman se lo han recordado: los juicios laborales que se acumulan. Entre impuestos nacionales elevados, tasas de interés activas en pesos altísimas y juicios laborales pululando ¿cómo pretende él que las empresas argentinas puedan competir a escala global? Un disparate.

Hasta el momento se desconoce qué aportaría la llamada 'Modernización Laboral' a la cuestión de los juicios laborales. Si el proyecto lo redacta un economista (Federico Sturzenegger, por ejemplo) con certeza será derrotado por los abogados de la CGT, que dominan el fuero laboral.

A propósito de este tema, difundió un comunicado el centro de estudios Idesa.

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Entre riesgos del trabajo y despido, las dos principales causas de juicio laboral, el stock de juicios pendientes asciende a 637.330 expedientes.

Entre riesgos del trabajo y despido, las dos principales causas de juicio laboral, el stock de juicios pendientes asciende a 637.330 expedientes.

$250 millones y 637.330 expedientes

Es fuente de polémicas el caso de un juicio por despido de un restaurante por la magnitud del monto de indemnización sentenciado por la justicia laboral. Se trata de $250 millones para un mozo con 26 años de antigüedad que se dio por despedido en el 2020. El origen del problema es la legislación laboral que multiplicó la indemnización por la prohibición al despido que había en la pandemia y la interpretación de la Justica que incorporó las propinas como parte del salario al cálculo de la indemnización. Esto arrojó un valor histórico al 2020 de $9,4 millones. A este monto se le aplicó la actualización de IPC más 3% anual –fórmula que estableció el actual gobierno– que llevó a un monto actualizado de $250 millones.

Con menos polémicas públicas, pero con similar origen, aparece la inhibición dispuesta por la Superintendencia de Seguros de la Nación a una de las más importantes ART. En este caso el desencadenante son las dificultades financieras que genera la acumulación de juicios laborales. El pago de las sentencias actualizadas en la mayoría de los casos por mecanismos similares al caso del restaurante, o incluso más gravosos, absorbieron una fracción desproporcionada de los ingresos de la aseguradora imposibilitando su normal operatividad.

Una pregunta que cabe hacerse es cuál es la magnitud de los juicios laborales pendientes cuyas sentencias generarán este mismo problema. En base a datos de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y web de las justicias provinciales se estima que:

  • El stock de juicios por riesgos del trabajo asciende a 308.082 expedientes.
  • El stock de juicios por despido asciende a 329.248 expedientes.
  • Es decir que, entre riesgos del trabajo y despido, las dos principales causas de juicio laboral, el stock de juicios pendientes asciende a 637.330 expedientes.

Estos datos muestran que la magnitud de juicios laborales acumulados es descomunal. Considerando que hay unos 6,3 millones de asalariados registrados en empresas privadas, el stock de juicios pendientes asciende a aproximadamente el 10% de los trabajadores. No es exagerado afirmar que los juicios laborales son una deuda impagable bajo los esquemas de actualización que vienen aplicando las justicias provinciales.

La manera de desactivar este fenómeno es eliminando los factores que generan una exagerada cantidad de juicios. Pero como esto opera hacia el futuro, es necesario encontrar la forma de hacer pagable el pasivo acumulado por los juicios pendientes de sentencia. Para ello, el Código Civil y Comercial de la Nación, en su artículo 768, habilita al Banco Central a fijar una tasa de intereses moratorios de referencia para uso de los tribunales en la actualización de deudas. Extremar la prudencia en la definición de esta tasa de interés es la única manera de hacer viable el pago de los juicios acumulados.

En este orden, el Banco Central abrió a consulta pública un proyecto de Tasa de Intereses Moratorios (TIM). La TIM propuesta considera un 50% de tasa de depósitos (pasiva) y un 50% de tasa de préstamos (activa) con piso y tope de CER más 3% anual. El objetivo es preservar dentro de un rango razonable el valor real de las acreencias, evitando arbitrariedades que provoquen incrementos o pérdidas exageradas en los montos indemnizatorios. El esquema es razonable a futuro, suponiendo que se eliminan los factores que generan litigiosidad espuria, pero colisiona con el objetivo de hacer pagable el enorme pasivo acumulado.

La propuesta

Un esquema más consistente con la crítica situación derivada de la acumulación de juicios es establecer un índice combinado. Hasta el 31/12/2025 aplicar la Comunicación BCRA 14.290 que combina tasas de interés de depósitos en caja de ahorro y plazos fijos y empalmar este índice, a partir de enero 2026, con la fórmula prevista en el Decreto 70/2023 consistente en IPC + 3% anual. De esta manera, se establece un criterio razonable a futuro con un mecanismo viable para los pasivos acumulados en el pasado.

La Comunicación BCRA 14.290 fue creada en 1991 para solucionar las consecuencias de una situación excepcional (la hiperinflación de 1989 y 1990). Este mismo instrumento sirve ahora para salir de una situación excepcional similar (la alta inflación del 2023 y 2024 y la enorme acumulación de juicios). No establecer un mecanismo de emergencia para atender una situación de emergencia implicará destrucción de empresas y empleos.

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