El dólar es una de las monedas más elegidas por los argentinos para volcar sus pesos, aunque en la actualidad se vuelve más costosa cada día por el 65% o el 75% de recargo que posee la divisa en su modalidad ahorro o tarjeta, pero hay una posibilidad para que ese porcentaje baje drásticamente al 30% e involucra a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
RETENCIÓN
Dólar: ¿Cúándo la AFIP devuelve el 35% del dólar?
Conocé cómo realizar el trámite en la AFIP para la devolución del 35% en la compra de dólares, aunque para algunas personas aumentará al 45% en 2022.
La AFIP permite al final de cada año fiscal gestionar el trámite para la devolución del 35% que se retiene en concepto de Ganancias o de Bienes Personales para todas las personas que compraron dólar ahorro/solidario o realizaron cualquier compra en dólares con tarjeta de crédito en el exterior. En este último caso, el porcentaje se elevó al 45% en julio de este año.
Solamente se puede pedir la devolución de esos porcentajes referidos a ambos tributos en el caso que la persona no esté incluida en el universo de contribuyentes. No se puede solicitar la devolución del 30% que rige sobre el dólar gracias al impuesto PAIS (Por una Argentina Inclusiva y Solidaria).
Al momento de realizar la gestión, la AFIP realizará diferentes verificaciones para fijar la aprobación o rechazo de la solicitud porque analizará los ingresos que justifiquen la compra de dólares como sueldos, facturación como monotributista u otros ítems sumado a los gastos que se realizaron.
AFIP notificará que los controles no han sido superados en el Domicilio Fiscal Electrónico, pero esa decisión se podrá apelar con la presentación de un recurso ante el Director General de la Dirección General Impositiva previsto en el artículo 74 del Decreto Reglamentario de la Ley 11.683.
Dólar: Qué necesito y cómo solicitar la devolución del 35%
Todas las personas que deseen gestionar la devolución del 35% del dólar deberán realizarlo a partir del 1 de enero de cada año y deberán contar con CUIT y clave fiscal para acceder a la página oficial de AFIP. Además, deberán informar al organismo tributario la CBU de la cuenta bancaria para realizar la devolución tramitada.
Allí, se podrán observar y seleccionar las percepciones que se efectuaron o fueron informadas por agentes de percepción, aunque también se podrá incorporar otras manualmente en el caso que no estén registradas. Es clave contar con los comprobantes de esas retenciones como facturas, extractos de tarjetas de crédito, liquidación de la tarjeta, resumen u otra documentación que la respalde.
La aprobación de este procedimiento demora tiempo porque la AFIP comenzó a reintegrar lo correspondiente al período 2021 en los últimos meses de 2022 y esta demora en el reintegro del dinero se dará también en 2023 sobre el período 2022, momento en que se podrá reclamar la devolución del 45% desde su implementación en el séptimo mes del año.
Sin embargo, las personas podrán tener su propio seguimiento del trámite a través de la pestaña de AFIP Devolución de percepciones. Si el trámite es aprobado, el ente acreditará los fondos en la CBU informada bajo el servicio Declaración de CBU.
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