DINERO ANSES > requisito > Migraciones

SALIDAS Y REGRESOS AL PAÍS

ANSES avanzará con la baja de los que no cumplen este requisito para el cobro de haberes

La ANSES estableció un nuevo requisito para acceder al cobro de Pensiones no Contributivas (PNC) y cualquiera de las Asignaciones Familiares del SUAF.

A través de la Resolución 918/2024, publicada en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) estableció que se dejará de pagar aquellas prestaciones y asignaciones a personas que transcurran más de 90 días consecutivos fuera del país.

Según la normativa de la resolución, que lleva la firma del titular de Anses, Mariano de los Heros, se trata de una medida que busca "ejercer el control de las prestaciones no contributivas de la seguridad social y en las asignaciones que administra el organismo en aquellas que establecen el requisito de residencia en el país para su obtención y/o percepción, sin fijar un plazo específico de permanencia".

Por eso, quienes no cumplan es requisito y cuando se haya ausentado del territorio de la República Argentina por un período superior al de 90 días corridos se "procederá a la suspensión de la prestación correspondiente".

¿Cómo la hará? La información sobre la salida y el regreso al país en ese plazo, será trazada con las distintas bases de datos Anses y aquella remitida por la Dirección Nacional de Migraciones, " en el marco de los convenios vigentes entre ambos organismos".

En el artículo 3 de la resolución se explicita que una vez validado el incumplimiento, se dará la baja de la prestación hasta "tanto la persona titular solicite la activación del mismo y se demuestre fehacientemente que se encuentra nuevamente residiendo en el país".

Sin embargo aclara, que la restitución será solo para aquellas prestaciones que no impliquen que, dicho incumplimiento, se traduzca en la pérdida completa del derecho. En ese caso, se dará de baja y no se reincorporará Sin embargo aclara, que la restitución será solo para aquellas prestaciones que no impliquen que, dicho incumplimiento, se traduzca en la pérdida completa del derecho. En ese caso, se dará de baja y no se reincorporará

aviso_315235.pdf

La resolución de la ANSES publicada hoy en el Boletín Oficial.

En el marco de un proceso de reorganización de los beneficios sociales, el antecedente previo fue en mayo, cuando la Justicia pidió a la ministra de Capital Humano, la baja de 2954 beneficiarios que cobran la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) pero que viven en el extranjero porque los beneficiarios se inscribieron en el registro como personas mayores de 65 años, sin condiciones de acceder a una jubilación, pero salieron del país y no registran un regreso. La normativa establece que los beneficiarios del PUAM no pueden estar fuera del país más de 60 días.

Jubilados, pensionados y SUAF ANSES: Las nuevas condiciones

Residencia

  • Para el caso de la Asignación Familiar por Cónyuge, la suspensión operará cuando la persona titular o su cónyuge se ausenten del país simultánea o alternadamente y de manera continuada por más de 90 días;
  • En el caso de la Asignación por Embarazo para Protección Social, la suspensión se pautará cuando la persona titular se ausente del país, también por el plazo mencionado;
  • En la misma línea, en el caso de la Asignación Familiar por Hijo e Hijo con Discapacidad, dicha baja operará cuando el hijo de la persona titular se ausente de manera continuada por el plazo de 3 meses;
  • Misma suerte revestirá para las Pensiones No Contributivas (PNC) del Sistema Integral Previsional Argentino (SIPA).

Otras noticias de Urgente24

Nobel de Medicina para dos estadounidenses por su hallazgo del microARN

"Aunque el país ya no resiste más volatilidad económica, saldremos pronto del cepo cambiario"

En el Lousteau vs. Abad por la UCR bonaerense no hay definición: Dime quién me lo robó

Perdieron el yerno de Lula y el hermano de Bolsonaro, y Paulo Marcal

Javier Milei desregula el Transporte Automotor de Pasajeros (media y larga distancia)