En un giro inesperado, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) ha actualizado los índices de interés, mientras que la Administración Federal de Ingresos Públicos ( AFIP) ha resaltado que, desde una cantidad mínima, las inversiones en plazos fijos serán objeto de registro. Descubre a partir de qué tope los bancos están obligados a notificar al ente recaudador.
ATENCIÓN AHORRADORES
Alerta plazos fijos: AFIP analiza montos mínimos con lupa
¿Cuánto dinero te convierte en objetivo de la AFIP? Nueva actualización establece la cifra mínima para declarar movimientos bancarios.
Con un impactante comunicado, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) ha dado a conocer un incremento significativo de 300 puntos básicos en las tasas de interés aplicadas a los depósitos en plazo fijo.
Acontecimiento que ha surgido como consecuencia directa de la medida anunciada a mediados de mayo, la cual fue implementada luego de la divulgación del dato de inflación de abril, el cual escaló hasta alcanzar el 8,4%.
Con el propósito de estimular el ahorro en la moneda nacional, la institución financiera ha elevado la Tasa Nominal Anual (TNA) hasta alcanzar un 97%, mientras que la Tasa Efectiva Anual (TEA) se ha incrementado considerablemente hasta llegar al 154%.
Es por eso que en respuesta a los cambios implementados, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha revelado que, a partir de un monto mínimo, las inversiones en plazo fijo deberán ser registradas.
La AFIP pone la lupa en los plazos fijos: ¿Desde qué cantidad comienza a investigar?
Según lo dispuesto en la Resolución General publicada en el Boletín oficial, la cifra mínima requerida para que las entidades bancarias reporten las extracciones mensuales, ingresos, saldos en cuenta y depósitos a plazo fijo ha aumentado de $90.000 a $200.000.
Bajo estas circunstancias, en el supuesto de que la entidad bancaria detecte alguna "discrepancia", te remitirá una notificación vía correo electrónico, requiriendo que entregues la documentación comprobatoria en un plazo menor a 72 horas.
En virtud de las declaraciones emitidas por la AFIP, se desprende que estas modificaciones posibilitan a las entidades financieras aligerar su funcionamiento, al tiempo que el organismo mejora la calidad y la frecuencia de la información que recibe de forma automatizada y constante sobre acreditaciones mensuales, extracciones, saldos de las cuentas, los depósitos a plazo y transacciones realizadas con tarjetas.
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