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BOLETÍN OFICIAL

Por decreto, los titulares de Gendarmería y Prefectura ya no tendrán vínculo con las fuerzas armadas

La medida modificó la norma que indicaba que las autoridades de Prefectura y Gendarmería debían tener una vinculación previa con las fuerzas armadas. La designación de estos cargos quedará en manos del Ejecutivo.

El Gobierno modificó los requisitos que deben cumplir las máximas autoridades de la Prefectura Naval y de la Gendarmería Nacional, con el decreto 724/2024 publicado esta madrugada en el 'Boletín Oficial'. Con los cambios con los que avanzó el Gobierno, ya no será necesario que los altos mandos hayan tenido relación previa con la Armada y con el Ejército respectivamente.

Según la Ley de Ministerios y sus modificatorias y en la Ley N° 24.059 de Seguridad Interior y sus modificaciones, ambas fuerzas "dependen orgánicamente del Ministerio de Seguridad", que comanda hoy Patricia Bullrich. En tanto, entre los considerandos de la nueva normativa mencionan que, "no obstante esa dependencia orgánica, los textos de las Leyes Nros. 19.349, de Gendarmería Nacional y sus modificaciones y 18.398, Ley General de la Prefectura Naval Argentina y sus modificaciones, mantienen como requisito para el nombramiento de sus autoridades superiores la pertenencia al escalafón de las dos fuerzas armadas, que están bajo la órbita del Ministerio de Defensa".

Bajo la firma de Patricia Bullrich y del jefe de Gabinete, Guillermo Francos, el decreto señala que "las circunstancias descriptas y los sucesivos cambios normativos acaecidos conllevan a que el marco legal aplicable no refleje cuál es la verdadera conformación y funcionamiento actual de ambos organismos de seguridad" y es por eso que "resulta necesario que aquellas regulaciones normativas se ajusten y estén en consonancia y alineadas con los objetivos estratégicos e institucionales" de cada una de las fuerzas de seguridad, "que tienen cometidos diferentes a las fuerzas de defensa".

Frente a esto, la administración de Javier Milei estableció que, en el caso de Gendarmería, "la Dirección Nacional será ejercida por un oficial superior" de ese cuerpo "en situación de actividad o retiro, con grado de Comandante General con el título de Director Nacional", quien será secundado por un agente del mismo rango en actividad y que detentará el cargo de Subdirector Nacional.

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Desde ahora, los titulares de Prefectura Naval y Gendarmería no tendrán que tener vinculación con el Ejército o la Armada.

Desde ahora, los titulares de Prefectura Naval y Gendarmería no tendrán que tener vinculación con el Ejército o la Armada.

Y de manera similar, en Prefectura, la máxima autoridad será ejercida "por un oficial superior con el grado de Prefecto General en situación de actividad o retiro, con el título de Prefecto Nacional Naval; mientras que la Subprefectura Nacional la llevará adelante alguien que cumpla con esa misma condición".

En ambas fuerzas, la designación de estos cargos quedará en manos del Poder Ejecutivo.

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El gobierno argumenta que se da en el marco del emergencia pública

A su vez, el Ejecutivo argumentó que esta decisión se da en el marco de la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética declarada por el plazo de 1 año mediante la Ley Bases y Puntos de Partida de los Argentinos, por lo cual se le delegaron facultades legislativo al Poder Ejecutivo Nacional, siendo uno de los objetivos el hecho de "mejorar el funcionamiento del Estado para lograr una gestión pública transparente, ágil, eficiente, eficaz y de calidad en la atención del bien común".

"Dicha atribución incluye, entre otras, la de disponer las medidas de readecuación normativa necesarias para actualizar la legislación que rige las distintas estructuras del Estado, de modo tal que reflejen la realidad imperante, permitan su interpretación y aplicación sencilla y eficaz, procurando la satisfacción de las necesidades públicas", indicaron.

De todas forma, en el marco de estas facultades delegadas, la decisión deberá ser sometida a un análisis en la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, que podrá pronunciarse respecto a la validez o no de los decretos de delegación legislativa.

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