El presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Horacio Rosatti, respondió este jueves (02/11), a título personal, el traslado que le cursó la comisión de juicio político de la Cámara de Diputados en el marco del proceso que lleva adelante contra los cuatro integrantes del Máximo Tribunal.
"CORRESPONDE ARCHIVAR TODO"
Horacio Rosatti respondió a promotores de su juicio político
Horacio Rosatti presentó un muy completo texto de respuesta a quienes pretenden un juicio político para la CSJN.
Rosatti expone los fundamentos de su convicción: "El denominador común que se advierte con relación a las causas 'Colegio de Abogados' (causal Consejo de la Magistratura), 'Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires' (causal Coparticipación) y 'Muiña' (causal Beneficio a genocidas) es el de disconformidad con el contenido de las sentencias."
Rosatti ofreció precisiones en su cuestionamiento:
## Colaboración de la Corte, empleados y funcionarios:
El Tribunal
- contestó todos los oficios que fueron remitidos por la Comisión,
- respondió la totalidad de los pedidos de informes y
- acompañó más de 75 cuerpos de documentación solicitada, equivalentes a unas 15.000 fojas aproximadamente;
- prestó la más amplia colaboración frente a los particulares pedidos contenidos en muchos de aquellos requerimientos, siempre dentro de los plazos y bajo las condiciones impuestas en cada solicitud.
- Todos los empleados y funcionarios del Tribunal que fueron citados a declarar como testigos cumplieron con su deber legal.
## Vicios del procedimiento:
El escrito pone de manifiesto una serie de irregularidades que fueron cometidas a lo largo del proceso, que afectan la garantía del debido proceso y el derecho de defensa en juicio y vician la validez y eficacia del proceso.
Entre las irregularidades cometidas por la comisión, el escrito destaca que:
- Se realizaron pedidos de producción de prueba sin la previa intervención de un juez, cuando ello resultaba ineludible.
- Se requirió y se obtuvo información reservada de contribuyentes sin la debida intervención judicial, incurriendo en violación del secreto fiscal.
- Se incorporó prueba que había sido considerada inválida en una causa judicial por su presunto origen ilegal.
- Se sometió a los testigos a un trato hostil y se los descalificó tanto personal como profesionalmente.
- Se interrogó a testigos sobre aspectos de su vida privada y sus vínculos familiares sin justificación alguna en relación a la pertinencia de las preguntas.
- Muchos de los cargos formulados por la Comisión carecen de las precisiones mínimas como para conocer los hechos que se imputan y sus fundamentos.
La Comisión formuló cargos por hechos que no fueron denunciados en los pedidos de juicio político que fueron declarados admisibles.
## Disconformidad con el contenido de las sentencias en las causas 'Colegio de Abogados' (causal Consejo de la Magistratura), 'Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires' (Causal Coparticipación) y 'Muiña' (Causal Beneficio a genocidas):
Buena parte de los cargos formulados coinciden con planteos realizados por las partes en distintas causas judiciales que se encuentran actualmente a estudio del Tribunal.
- Esa circunstancia pone de manifiesto dos cosas:
- Por un lado, un evidente intento de condicionar la resolución de causas en trámite.
- Por el otro, la dificultad de ejercer el derecho de defensa respecto de las imputaciones. Lo contrario implicaría adelantar opinión sobre decisiones aún pendientes y ello podría motivar nuevas recusaciones en el futuro.
"Por ejemplo, en los cargos formulados por el fallo dictado en la Corte en la causa sobre la coparticipación, el hecho que se imputa coincide con una de las causales de la recusación planteada por el Estado Nacional contra Rosatti en la mencionada causa: “Dado que dicho planteo se encuentra a estudio del Tribunal, resulta imposible contestar la imputación y ejercer el derecho de defensa sin adelantar opinión sobre la cuestión pendiente de decisión”, señala Rosatti.
Vicios de procedimiento
- "La Corte cumplió en tiempo oportuno todos y cada uno de los requerimientos formulados por la Comisión de Juicio. Se contestaron todos los oficios que fueran remitidos por la Comisión, respondió la totalidad de los pedidos de informes y acompañó más de 75 cuerpos de documentación solicitada, equivalentes a unas 15.000 fojas aproximadamente. Todos los empleados y funcionarios del Tribunal que fueron citados a declarar como testigos cumplieron con su deber legal. Lo mismo hizo el Consejo de la Magistratura."
- "Durante el trámite del sumario de investigación se cometieron irregularidades procesales que afectan seriamente la garantía del debido proceso y el derecho de defensa en juicio (art. 18 de la Constitución Nacional). Más allá de la naturaleza política de este proceso, dichas garantías resultan plenamente aplicables".
- "La gravedad de dichas irregularidades vicia la validez y eficacia del proceso, lo que será planteado –de ser necesario– por la vía y en la oportunidad que corresponda. A tal fin hago reserva de interponer todas las acciones y recursos legales, constitucionales y convencionales que me asistan, incluido el previsto en el artículo 14 de la ley 48."
A título ejemplificativo pueden mencionarse las siguientes irregularidades:
- Se realizaron pedidos de producción de prueba sin la previa intervención de un juez, cuando ello resultaba ineludible.
- Se requirió y se obtuvo información reservada de contribuyentes sin la debida intervención judicial, incurriendo en violación del secreto fiscal.
- Se incorporó prueba que había sido considerada inválida en una causa judicial por su presunto origen ilegal.
- Se cometieron ilicitudes en los interrogatorios a los testigos, como surge de la simple lectura de las versiones taquigráficas de las audiencias. Cualquiera de esas ilicitudes, considerada aisladamente, sería suficiente para declarar la nulidad de la declaración.
Algunos ejemplos:
Se le hizo saber a testigos que serían denunciados penalmente por supuesta reticencia o falso testimonio, desconociendo la invocación de garantías o reparos legales por parte de los propios testigos.
Se impidió la participación del abogado de un testigo cuando este último estaba siendo interrogado sobre hechos que eran materia de investigación en una causa penal en la que el testigo estaba imputado.
Se sometió a testigos a un trato hostil y se los descalificó tanto personal como profesionalmente. Estas circunstancias fueron denunciadas por agrupaciones de jueces, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación.
Final
"Habiendo respondido todos y cada uno de los cargos formulados, y en razón de los argumentos allí expuestos, corresponde declarar la improcedencia de los pedidos de juicio político y disponer el archivo de las actuaciones."
"El trámite seguido en este sumario ha convertido a un mecanismo constitucional idóneo en un proceso teñido de irregularidades."
"A los vicios sumariamente descriptos en el punto 2 se suma el inesperado final de este procedimiento, concretado en la víspera de una renovación legislativa. Tan abrupto fue el cierre de la investigación que quedaron sin ser tratados algunos de los cargos formulados por la propia Comisión –sin que hubiera mediado desistimiento– y estando pendiente la producción de prueba ordenada respecto de cargos que sí fueron abordados."
"Los cargos formulados evidencian, por un lado, que se está enjuiciando a los miembros de esta Corte por el contenido de sentencias que no satisfacen los deseos de algunos integrantes de la Comisión y, por el otro, que con ello se pretende condicionar futuras decisiones del Tribunal en causas actualmente en trámite."
"Las irregularidades observadas durante la tramitación de esta etapa preliminar del juicio político, más allá de su carácter reiterado y sistemático, no lograron desacreditar a este Tribunal ni doblegar la voluntad de sus integrantes, quienes sentenciaron causas relevantes con autonomía de criterio e irrestricto apego a la Constitución y a las leyes."
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