FOCO Esteban Juan Caselli > desindexación > Carlos Menem

ESTUDIO ROSSI MATTEO

Ejecutado el cuadruple pedido de Esteban Juan Caselli sobre desindexación

El estudio Rossi Matteo, de Bologna (Italia) realizó una solicitud de eliminación / desindexación de 3 contenidos referidos a Esteban Juan Caselli.

Urgente24 ha dado curso ya al requerimiento de desindexación del estudio Rossi Matteo (de Bologna / Italia) a pedido de Esteban Juan Caselli, ex funcionario nacional (administraciones Carlos Menem y Eduardo Duhalde) y bonaerense (Administración Carlos Ruckauf), ex senador de Italia.

El texto recibido:

"Intimación – Solicitud de supresión, anonimización y/o desindexación de artículo periodístico lesivo a la honra y reputación del Sr. Esteban Juan Caselli

De mi mayor consideración:

Quien suscribe, en carácter de letrado apoderado del Sr. Esteban Juan Caselli, nacido el 28 de noviembre de 1942, actualmente jubilado y sin desempeño en funciones públicas ni cargos de relevancia institucional o social, me dirijo a Ustedes a fin de intimarlos formalmente a eliminar y/o desindexar de manera inmediata los siguientes artículos publicados en su portal, los cuales permanecen accesibles públicamente:

1. https://urgente24.com/93585-bergoglio-vs-caselli-esta-vez-gano-luommo-gentile

2. https://urgente24.com/93702-caselli-el-nexo-entre-trusso-y-aguer

3. https://urgente24.com/67920-%C2%BFque-le-ocurre-a-esteban-caselli

La mencionada publicación:

  • Los hechos a los que se refieren los artículos ocurrieron hace más de veinte (20) años, y los propios artículos fueron publicados hace más de diez años cada uno, algunos incluso hace más de veinte (20) años, careciendo de vínculo con la actualidad y de relevancia para el interés público contemporáneo;
  • Contiene afirmaciones que no han sido comprobadas ni corroboradas por resolución judicial alguna, ya sea en la República Argentina o en el extranjero;
  • Presenta dichos hechos de manera tendenciosa y perjudicial, lo cual afecta gravemente la dignidad, la imagen y el honor del Sr. Caselli.

La persistencia de esta información lesiona derechos personalísimos, resultando incompatible con la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales, especialmente su artículo 16, que reconoce el derecho de toda persona a solicitar la supresión de datos personales inexactos, desactualizados o tratados de forma inadecuada, excesiva o ilícita.

El incumplimiento habilita la vía del hábeas data y otras acciones judiciales.

La jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación es categórica respecto de la responsabilidad de los medios ante la difusión de información antigua, no verificada o carente de interés actual:

  • Rodríguez c/ Google Inc. (CSJN, 2014): responsabilidad por difusión de contenidos perjudiciales sin relevancia actual ni veracidad comprobada;
  • Denegri c/ Google y La Nación (CSJN, 2022): ponderación obligatoria entre derecho a la información y respeto a privacidad, dignidad e imagen de la persona. (...)".

Tal como podrá comprobarlo el remitente, los contenidos ya no se encuentran en la Red.

Con posterioridad, el abogado de Caselli, invocando la misma Ley del Olvido solicitó desindexar un contenido del año 2009:

https://urgente24.com/49308-con-invitacion-de-balestrini-caselli-se-refirio-a-cristina-como-una-vibora?utm_source=chatgpt.com

De más estar recordar lo que sostiene Urgente24: Que bajo este postulado del 'Olvido' no habría historia de la Humanidad. Pero, no obstante, se ejecuta el mandato judicial.

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