No terminó el 2022 y ya se están anticipando más aumentos en los servicios para el 2023. Este jueves (29/12), el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) autorizó incrementos de hasta 17,6% en las tarifas de telefonía, internet y televisión por cable que se aplicarán en dos tramos desde el segundo mes del año entrante.
Cómo serán los aumentos
Según la resolución 2393/2022 publicada este jueves en el Boletín Oficial, el Enacom estableció que las licenciatarias de telefonía, internet y televisión por cable podrán aplicar a partir del 1° de febrero del año próximo un incremento en el valor de los precios minoristas de cualquiera de sus planes en las modalidades pospagas y mixtas de hasta 9,80%, y una nueva suba a partir del 1° de abril de hasta 7,80%, lo que totaliza un aumento inicial para el 2023 de un 17,6%.
A su vez, el ente también fijó los valores máximos para los precios de Servicios de Comunicaciones Móviles (SCM) en la modalidad prepaga desde febrero:
-- Recarga de 50 MB de datos móviles por día: $43,40 con impuestos incluidos.
-- Segundo de voz: $0,66, con impuestos incluidos.
-- SMS: $8,70, con impuestos incluidos.
Y a partir de abril, estos serán los valores máximos:
-- Recarga de 50 MB de datos móviles por día: $46,80 con impuestos incluidos.
-- Segundo de voz: $0,72, con impuestos incluidos.
-- SMS: $9,40, con impuestos incluidos.
Los aumentos rigen también para las Licenciatarias de Servicios de Valor Agregado de Acceso a Internet (SVA-I), de Servicios de Telefonía Fija (STF), de Servicios de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico o radioeléctrico (SRSVFR) y las Licenciatarias de Servicios de Comunicación Audiovisual de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo satelital (DTH).
Razones
Para los aumentos se tuvieron en cuenta “el contexto económico” y las “dificultades que se atraviesan para todos los actores involucrados, prestadoras y público usuario”.
Según los considerandos de la resolución, las subas se explican por “los mayores costos y el impacto de las oscilaciones de las principales variables económicas en la operatoria de las licenciatarias”, como, por ejemplo, los costos de personal, de conectividad y de programación; y las inversiones de infraestructura en moneda extranjera.
Del mismo modo, se tuvo en cuenta “la evolución de distintos índices que permiten demostrar la capacidad adquisitiva de un universo amplio de usuarios y usuarias que posee menores recursos con relación a otros”.
Reintegros y suspensiones
La normativa indicó que cualquier incremento aplicado por las Licenciatarias de Servicios de TIC o DTH (TV Satelital) que supere dichos topes deberá ser reintegrado a sus usuarios en la próxima factura a emitir, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a sus clientes por mora en el pago.
En el caso de que el usuario elija no abonar su factura con incrementos superiores a los autorizados, las prestadoras no podrán suspender el servicio ni computar mora sobre esas facturas.
Por otra parte, las modificaciones que las empresas realicen sobre sus planes, precios y condiciones comerciales a partir de esta autorización para incrementar los precios, deberán ser comunicadas a Enacom al momento de su aplicación.
Otras lecturas de Urgente24:
Del Transporte al Monotributo: Todos los aumentos de enero
Estaciones de servicio: Se rehúsan a pagar el bono y hay conflicto