Desde este primero de enero y en coincidencia con sus cincuenta años de puesta en vigencia, 866 grandes empresas deben discriminar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en su facturación, una medida que se extenderá a todos los contribuyentes a partir del 1° de abril, según lo especificado en la Resolución General 5614/2024 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero ( ARCA).
UN IMPUESTO CON MEDIO SIGLO
IVA: Estas son las empresas que deben entregarle factura o ticket con el impuesto discriminado
Son 866 las empresas que desde ahora deben entregar sus facturas o tickets con el IVA discriminado. Incluyen supermercados, bancos, entre otras, que puede consultar fácilmente.
Pero, ¿cómo saber cuáles son las empresas que deben darle a conocer cuánto está pagando de IVA? Como el listado es amplio, la página
cuenta con un buscador que facilita la tarea de búsqueda, al menos, hasta que todos los contribuyentes deban discriminar este impuesto, que tiene fuerte impacto en los bolsillos.
Una discriminación para beneficio de los consumidores
El ente recaudador indicó en un comunicado que la discriminación del IVA en los tickets o facturas permitirá a los consumidores "conocer el impacto de los impuestos en las operaciones y que puedan contar con información para tomar sus decisiones comerciales con plena libertad".
Asimismo, aclaró que los contribuyentes que ya utilizan la facturación electrónica verán reflejada de forma automática la discriminación del IVA, ya que el organismo implementará las adecuaciones sistémicas necesarias.
ARCA aclaró que todos los comprobantes deberán tener una línea en la que se detalle el monto correspondiente al IVA y, cuando sean emitidos por una empresa grande, también indicarán los impuestos internos que incidirán en el precio final que paga el consumidor.
También aclaró que "el consumidor final no debe hacer ninguna operación" y que en la factura o ticket de compra podrán ver la leyenda " Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor Ley 27.743", con la discriminados de los impuestos correspondientes.
La discriminación del IVA estaba prohibida
Vale remarcar que la discriminación del IVA o impuestos similares, habitual en la mayoría de los países, en la Argentina estaba expresamente prohibida en la ley de su creación y en las sucesivas reformas que se le aplicaron.
"Cuando un o una responsable inscripto o inscripta realice ventas, locaciones o prestaciones de servicios gravadas a consumidores finales, no deberá discriminar en la factura o documento equivalente el gravamen que recae sobre la operación", sentencia la ley 23.349 en su artículo 39, ratificado en la reforma de la ley 27.618.
Esa disposición dificultó a la población en general el conocimiento cabal del peso del IVA en sus economías durante este medio siglo, al punto que desde hace por lo menos tres décadas es el impuesto más representativo en sus gastos cotidianos.
Esa importancia queda reflejada periódicamente en los informes de recaudación difundidos por la ARCA, al punto que hasta noviembre el gravamen concentró el 32,58% de todos los ingresos tributarios nacionales.
Y si bien en 2024 redujo su participación respecto del 34,41% que tuvo en 2023, cierto es que no perdió el primer puesto entre todos los tributos.
Para el consumidor, representa el 17,35% de la mayoría de los gastos cotidianos (21 sobre 121), de lo que puede desprenderse que para una familia que gasta un millón de pesos mensuales, $173.554 corresponden a ese impuesto.
Con la alícuota original del 13%, ese monto se reduciría a $115.044, un 33,7% menos de lo que se paga. Pero como el IVA no está discriminado en las facturas, la mayoría de los consumidores desconoce ese aumento en sus gastos cotidianos.
El IVA comenzó a aplicarse el 1° de enero de 1975, mediante la ley 20.631, sancionada dos años antes. En un principio, los alimentos y bebidas estaban exentos, hasta que en 1986 se amplió la base imponible y se aumentó la alícuota del 13% al 18%.
En los años siguientes volvió a ser del 13%, luego se elevó al 15,6% y desde 1991 quedó en el 16%, sumando más bienes y servicios al listado.
Desde 1992, en coincidencia con el cambio de signo monetario, la alícuota volvió al 18% hasta que en marzo de 1995, por el impacto de la devaluación del peso mexicano conocida como 'Efecto Tequila', el entonces ministro Domingo Cavallo anunció un nuevo aumento, esta vez hasta el 21%.
Si bien por entonces se aseguró que ese aumento regiría solamente por un año, ya está próximo a cumplir tres décadas
Además, la tasa alcanza el 27%, la más elevada de todas, para determinadas actividades como energía eléctrica y telecomunicaciones.
Por último, vale recordar que el IVA es considerado un impuesto regresivo, ya que afecta en mayor medida a las personas con menos poder adquisitivo.
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