A través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno anunció la restricción de la compra de dólares, la obligación de exportadores de liquidar divisas y la autorización del pago de impuestos con bonos.
REUNIÓN DE EMERGENCIA EN EL BCRA
Regresa el control de cambios y restringen el contado con liqui
El objetivo de la medida es calmar la plaza cambiaria con medidas de alto impacto que fueron analizadas por el Ministerio de Hacienda y el Banco Central, a pedido del presidente Mauricio Macri.
Entre los principales puntos del texto oficial, se destaca que las personas físicas tendrán un tope mensuales de US$ 10.000 para la compra de divisas a partir de este lunes 02/09.
Sin embargo, desde la entidad que dirige Guido Sandleris aclararon que no habrá impedimentos para extraer dólares de cuentas para personas físicas ni jurídicas, y que tampoco habrá restricción para viajes.
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Claves
*Limites en el mercado de cambios para proteger al ahorrista.
* A través de esta medida se busca lograr mayor estabilidad cambiaria y proteger al ahorrista
• Nadie está limitado para extraer dólares de sus cuentas, ni personas físicas ni jurídicas.
• No hay ningún impedimento al comercio exterior.
• No hay restricciones sobre viajes.
Personas humanas:
• Las personas físicas no podrán comprar más de US$ 10.000 por mes.
• No podrán realizarse transferencias de fondos de cuentas al exterior de más de US$ 10.000 por persona por mes.
Personas Jurídicas:
• Los exportadores tienen que vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para las commodities).
• No hay restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento.
• Las empresas no podrán comprar dólares para atesorar.
* Los bancos estarán habilitados para extender su horario hasta las 17 horas por un mes.*









