Mediante las resoluciones generales 4802/2020 y 4806/2020 publicadas este lunes 31/8 en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 30 de septiembre próximo la vigencia de varios beneficios fiscales en el marco de las medidas de alivio económicas que lanzó el Gobierno nacional para aliviar el impacto económico de la cuarentena por la pandemia del coronavirus.
POR LA CUARENTENA
La AFIP extendió la suspensión de embargos, ejecuciones y otros beneficios
Lo resolvió a través de las resoluciones generales 4802/2020 y 4806/2020 publicadas este lunes (31/8) en el Boletín Oficial. Entre otros beneficios que fueron extendidos hasta el 30 de septiembre próximo se encuentran la suspensión de los embargos para las Pymes y la decisión de no iniciar ejecuciones fiscales. También se incluyeron varios planes de facilidades de pago para empresas, monotributistas y autónomos.
El organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont decidió prorrogar por un mes más la suspensión de los embargos para las pequeñas y medianas empresas (pymes) y extendió la decisión de no iniciar ejecuciones fiscales.
También dispuso sostener durante septiembre un conjunto de medidas referidas a los planes de facilidades de pago para empresas, monotributistas y autónomos.
En este marco extendió los beneficios para los planes permanentes en materia de tasas de interés, cantidad de cuotas y calificación de riesgo previstos para la “adhesión temprana”.
También estableció que no se considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) de las personas humanas que tramiten planes para regularizar obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales.
Asimismo, garantizó la posibilidad de regularizar dichas obligaciones en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%, sin que los contribuyentes se vean condicionados por su perfil de riesgo.
Además, prolongó la adhesión al nuevo régimen de facilidades de pago que permite regularizar las obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social provenientes de planes caducos.
Todo lo dispuesto por la AFIP fue “en virtud del objetivo permanente de esta Administración Federal de coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes y/o responsables, y a fin de morigerar los efectos económicos generados por las medidas adoptadas en el marco de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) con relación al COVID-19”, según argumentan ambas resoluciones.
Extensión de Beneficios de la AFIP 1 by Urgente24 on Scribd
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