El gobierno nacional quiere asegurar que su medida de ‘IVA Cero’ para 13 productos de la canasta alimentaria anunciada el 15/8 se cumpla en todos los comercios y por eso este lunes (2/9) amplió la reducción del Impuesto al Valor Agregado del 0% a los canales de comercialización o distribución mayorista o minorista.
CANALES DE DISTRIBUCIÓN
Anticipando la inflación de agosto, el Gobierno extendió la quita del IVA
Así lo oficializó a través del decreto 603/2019, publicado en el Boletín Oficial, que señaló que resulta necesario contemplar entre los sujetos beneficiarios a monotributistas, y responsables inscriptos para la categoría micro empresas.
De esta forma, se intentará garantizar que los productos sin IVA estén en los supermercados chinos y comercios de barrio, entre otros, adonde no estaban llegando.
El decreto actual incluye las ventas al por menor en supermercados; minimercados, incluyendo mercaditos, autoservicios y establecimientos similares que vendan carnes, verduras y demás productos alimenticios en forma conjunta; kioscos, polirrubros y comercios no especializados, sin predominio de productos alimenticios y bebidas.
También alcanza la venta al por menor de productos lácteos, de almacén y dietética; de huevos, carne de aves y productos de granja y de la caza; frutas, legumbres y hortalizas frescas; pan y productos de panadería; alimentos, bebidas, productos no clasificados y tabaco en puestos móviles y mercados.
El decreto subrayó que "la emergencia constituye una situación de peligro o crisis excepcional e inminente que afecta al público en general y amenaza a la vida organizada de la comunidad".
Por eso destacó que "la aparición de una situación que escapa de lo normal y que produce serios trastornos a la población, justifica el empleo y adopción de remedios y medidas extraordinarias y transitorias".
Y concluye que "es evidente la legitimidad y oportunidad de esta medida, favorecedora del acceso a los alimentos básicos para los sectores vulnerables de la población, cuya protección es una obligación de carácter primario e ineludible".










