La Comisión Nacional de Valores (CNV) acaba de publicar hoy, miércoles 2 de agosto, la resolución 969/23 la cual prohíbe la compra de bonos soberanos (tanto AL como GD) en Contado Inmediato (CI) o a 24 horas (T+1), si anteriormente se han vendido estos en 48 horas (T+2). Esta medida surge debido a las grandes posibilidades de arbitraje que se estaban dando en el mercado financiero y permitía a los inversores obtener ganancias comprando y vendiendo "sin hacer nada".
ADIÓS ARBITRAJE
CNV: Nueva regulación que apunta contra los bonos AL y GD
Una nueva regulación de la Comisión Nacional de Valores (CNV) apunta a ponerle fin al arbitraje de bonos soberanos.
Recordemos que el concepto de arbitrar viene, en esencia, de obtener ganancias sin riesgo.
Según la CNV: “solamente afecta a inversores sofisticados o arbitrajistas, que suelen realizar operaciones para explotar diferencias de precios de activos iguales o similares en distintas ruedas de negociación”.
En su comunicado oficial, la CNV detalla: "La resolución dispone que los agentes podrán dar curso a órdenes para concertar operaciones de compra de bonos soberanos denominados y pagaderos en dólares con liquidación en moneda extranjera, en el segmento de concurrencia de ofertas con prioridad precio tiempo y en los plazos de liquidación de contado inmediato o de contado veinticuatro (24) horas, sólo si durante los quince (15) días corridos anteriores, el cliente no concretó operaciones de venta de bonos denominados y pagaderos en dólares estadounidenses emitidos por la República Argentina bajo ley local y/o extranjera, con liquidación en moneda extranjera, en el segmento de concurrencia de ofertas con prioridad precio tiempo y, asimismo, que exista manifestación fehaciente de no hacerlo en los quince (15) días corridos subsiguientes"