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AFIP extiende plazos y no registrará alquileres

AFIP extiende plazo para Bienes Personales, Ganancias y Cedular; y eliminó la obligación de registrar contratos de alquileres.

Novedades de AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos). Ante los pedidos de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (CPCE), la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) volvió a prorrogar los vencimientos de los impuestos a las Ganancias Personas Humanas y sobre los Bienes Personales del ejercicio fiscal 2023. Y eliminó la obligación de registrar los contratos de alquileres de inmuebles urbanos y rurales.

AFIP extiende plazo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó la extensión del plazo para que los contribuyentes a los impuestos a los Bienes Personales, Ganancias y Cedular presenten sus declaraciones juradas y paguen los gravámenes correspondientes al período fiscal 2023.

La medida fue publicada en el Boletín Oficial a través de la Resolución General 5548/2024, que dispuso también el ingreso especial de un nuevo pago a cuenta con vencimiento en agosto.

Según sus considerandos, esta nueva extensión se aplica porque "diversas entidades representativas de los profesionales en ciencias económicas han planteado la necesidad de contar con un plazo adicional para la correcta y completa confección de las declaraciones juradas".

Así, AFIP hizo lugar a dichos reclamos "con el fin de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias": las nuevas fechas en las que se considerará en término la presentación de las declaraciones juradas.

AFIP no registrará alquileres

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales. El organismo informó en un comunicó que de esta forma "continúa con su proceso permanente para reducir la carga administrativa y burocrática de los contribuyentes y responsables".

Por medio de la Resolución General 5545/2024, la AFIP suprimió el requisito de informar todas las operaciones concertadas entre locadores y locatarios ante el “Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI)”, en virtud del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023, que derogó la ley de alquileres.

Al mismo tiempo, la nueva resolución de AFIP establece que los contribuyentes que quieran gozar de los beneficios fiscales en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y en los impuestos sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, sobre los Bienes Personales y a las Ganancias -contemplados en la ley 27.737- deberán declarar sus contratos de alquiler en el servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles - RELI” de la web del organismo con clave fiscal, antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días corridos posteriores a su celebración, según el caso. Quienes ya tengan registrados sus contratos no deberán volver a hacerlo, excepto que haya modificaciones o actualizaciones.

En línea con dicha medida y con el objetivo de disminuir la carga administrativa de los contribuyentes, por medio de la Resolución General Nro. 5547/2024, con relación al impuesto a las ganancias, se dispuso la eliminación de la obligación por parte del empleado en relación de dependencia de adjuntar -en el servicio SiRADIG- una copia del contrato de alquiler del inmueble con destino a casa habitación. Este requisito resultaba necesario para tener acceso a las deducciones del 40% y del 10%, respectivamente, de las sumas pagadas por este alquiler.

Esta simplificación en las operaciones inmobiliarias impulsada por la AFIP se suma a la derogación del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), el documento que debía emitirse al vender un automotor o motovehículo usado y radicado en el país.

Además, en lo que va de la actual gestión, el organismo derogó las resoluciones generales que obligaban a productores agropecuarios a presentar cinco declaraciones juradas al año con su cosecha, y, en el mismo sentido, derogó el Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y la evaluación de la Capacidad Económica Financiera (CEF) para autorizar importaciones, con el objetivo de facilitar el comercio exterior.

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