Tras anunciar el cierre del Instituto Nacional contra la Discriminación, Xenofobia y Racismo (INADI), Javier Milei quiere eliminar el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), creado por la Ley de Asuntos Indígenas (23.302) en 1985. Y comienza la polémica...
ARRANCA LA POLÉMICA
Tras el INADI, Javier Milei va por el INAI
Tras anunciar el cierre del INADI, Javier Milei va ahora por el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), creado por la Ley 23.302 en 1985.
De acuerdo a los trascendidos periodísticos, el Gobierno le quitará al organismo su estructura actual y sus dependencias pasarán al Ministerio de Justicia. Uno de los argumentos es que el INAI gastó $1.907 millones en 2023.
La mesa técnica de Javier Milei quiere avanzar con la eliminación del rango de instituto para que pierda la asignación presupuestaria actual y se pueda avanzar en la reducción de la composición de personal mediante una auditoría.
Desde el Gobierno sostienen que su función seguirá cumpliéndose y que solo será modificada su estructura. Lo mismo aplicaría para el Instituto Nacional de Juventudes (INJUVE), que depende de Capital Humano y que está entre las áreas a desarmar por parte del oficialismo.
El abogado constitucionalista y director del Observatorio de la Calidad Institucional (OCI) de la Universidad Austral, Marcelo Bermolen, le dijo a TN que el organismo no puede desaparecer a menos que se sancione por ley o se impulse en un decreto de Necesidad y Urgencia.
"Lo que puede hacer es mantener el instituto en su mínima expresión, es decir reducirlo todo lo que permita la ley, no asignar representantes y dejar vacantes los cargos. Sería vaciarlo de fundamento y cargos, de forma que se disuelva el organigrama", explicó. Los trascendidos es que justamente esto es lo que hará Javier Milei.
Qué es el INAI, que Javier Milei quiere eliminar
El INAI fue creado por la Ley de Asuntos Indígenas (23.302) en 1985. Se declaró de interés nacional la atención y el apoyo a los aborígenes y a las comunidades indígenas del país y se reconoció su personalidad jurídica.
En el artículo 5, se impulsó la creación del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas como entidad descentralizada con participación indígena, que dependía en forma directa del Ministerio del Interior y luego pasó a la órbita de Justicia.
El Ejecutivo debe designar a su titular, que cuenta con un consejo de Coordinación y un consejo Asesor. El primero debe estar conformado por un representante de los ministerios de Interior, Economía, Capital Humano, Justicia y un referente elegido por las comunidades aborígenes, junto a un integrante de cada una de las provincias que adhieran a la ley.
El Consejo Asesor debe estar compuesto por un representante del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), del Ministerio de Economía, del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria, de la secretaría de Culto y de la Comisión Nacional de Fronteras.
Sus función es "llevar el Registro Nacional de Comunidades Indígenas y disponer la inscripción de las comunidades que lo soliciten y resolver, en su caso, la cancelación de la inscripción, para todo lo cual deberá coordinar su acción con los gobiernos provinciales y prestar el asesoramiento necesario para facilitar los trámites".
Además, debe elaborar e implementar planes de adjudicación y explotación de las tierras, de educación y de salud, a la par de proponer el presupuesto para la atención de los asuntos indígenas y asesorar en todo lo relativo a fomento, promoción y desarrollo de las comunidades indígenas del país. También, gestiona planes para la construcción de viviendas rurales y urbanas.
Cierre del INAI: Comienza la polémica en las redes sociales
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