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Licenciada en Enfermería con esclerosis: CSJN sobre demanda a SPF

Doble demanda contra el SPF (por titulo universitario y fármacos contra la esclerosis) obligó a intervenir a la CSJN para definir las competencias.

En pocas palabras

  • CSJN: Intervino por doble demanda contra el SPF sobre título universitario y medicación para esclerosis.
  • Competencia: Juzgado Civil N° 34 la declaró incompetente; la CSJN definió la Justicia Contencioso Administrativo Federal y Civil y Comercial Federal.
  • Pretensiones: Se resolvieron por separado el cambio de escalafón y la provisión de fármacos para la esclerosis múltiple.
Resumen generado por Thinkindot AI

Acción de amparo promovida ante el Juzgado Nacional en lo Civil N° 34 por M.G.G. contra la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal (SPF), conflicto de competencias y decisión de la CSJN.

M.G.G. reclamó que el SPF efectuara el correspondiente cambio de escalafón penitenciario y adecuara sus tareas de acuerdo con su condición de Licenciada en Enfermería, y que la Dirección de Obra Social del SPF le proveyera regularmente la medicación necesaria para

tratar su esclerosis múltiple con los descuentos correspondientes.

El Juzgado Nacional en lo Civil N° 34 declaró su incompetencia para entender en la causa

y ordenó su remisión a justicia nacional en lo civil y comercial federal, con fundamento en que se requería el cumplimiento de normas nacionales que implementaban el sistema nacional de salud y la prestación médico obligatoria, y en el carácter improrrogable de la competencia federal en razón de la materia (v. resolución del 5 de febrero de 2026).

El Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal N° 7 no aceptó la competencia atribuida y dispuso devolverlas al juzgado inicialmente requerido.

Ello originó un conflicto negativo de competencia que fue resuelto por la CSJN (Carlos Rosenkrantz con voto propio) que señaló que la actora acumuló 2 pretensiones diferentes que corresponden —en el ámbito de la Capital Federal— a la competencia de 2 fueros federales distintos.

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El fallo completo aquí.

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CSJN

Por un lado, en cuanto a su planteo relativo tendiente a pasar a desempeñar funciones relacionadas con su condición de Licenciada en Enfermería, entendió que correspondía a la Justicia Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal pues la materia atañe a cuestiones que se relacionan con facultades inherentes a la administración, como es la relación de empleo público que vincula a la actora con la demandada.

Para resolver la controversia se deberán aplicar normas y principios propios del derecho público, donde resulta clara la prioritaria relevancia que los aspectos propios del derecho administrativo asumen para su solución.

Por otro lado, con respecto al reclamo relacionado con la medicación, dispuso que la Justicia en lo Civil y Comercial Federal es competente ya que se encuentra en juego una serie de normas y principios institucionales y constitucionales de prioritaria trascendencia para la estructura del sistema de salud implementado por el Estado Nacional.

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FUENTE: Urgente24