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Elecciones 2025 en Provincia de Buenos Aires: qué, quiénes y con qué documentación se vota

En estas elecciones 2025 se elegirán legisladores provinciales y concejales: Aquí lo que necesitas saber para votar el 7 de septiembre

Elecciones 2025. Con las listas de candidatos ya definidas, la atención se dirige hacia las elecciones legislativas que se llevarán a cabo en la provincia de Buenos Aires el próximo 7 de septiembre. Este evento es crucial a nivel provincial y municipal, aunque no se seleccionarán cargos nacionales.

Ya suenan candidatos pesados para las elecciones legislativas.
Elecciones 2025 legislativas en Provincia de Buenos Aires

Elecciones 2025 legislativas en Provincia de Buenos Aires

El qué de las elecciones legislativas

En esta jornada electoral se renovarán los cargos provinciales y municipales, sin elecciones para diputados ni senadores nacionales. Se elegirán:

  • Diputados y Senadores provinciales (dependiendo de la sección electoral).
  • Concejales municipales.
  • Consejeros escolares municipales.

No se votarán cargos nacionales, ya que estas elecciones se centran exclusivamente en lo provincial y municipal. Las elecciones nacionales están programadas para el 26 de octubre.

Detalles de los comicios en Provincia de Buenos Aires

La provincia está organizada en ocho secciones electorales. Cuatro de ellas renovarán a sus Senadores Provinciales, mientras que las otras cuatro lo harán con los Diputados Provinciales:

  • Senadores Provinciales: Sección Primera, Cuarta, Quinta y Séptima.
  • Diputados Provinciales:Sección Segunda, Tercera, Sexta y Octava (La Plata).

El sistema de votación será mediante boletas de papel tradicionales. En el cuarto oscuro, los votantes encontrarán boletas con dos secciones: una para los cargos provinciales y otra para los municipales. Pueden optar por votar la lista completa o seleccionar candidatos de diferentes partidos.

Sufragio: Documentación y obligaciones

Para votar, se puede utilizar el último DNI tramitado, que debe coincidir con el padrón o ser uno posterior. Todos los formatos son aceptables: DNI tarjeta, DNI libreta celeste o verde, Libreta Cívica y Libreta de Enrolamiento.

El voto es un derecho y un deber para los ciudadanos entre 18 y 70 años. Para los jóvenes de 16 y 17 años, así como para quienes superan los 70, el voto es opcional. Aquellos que no asistan a votar no serán considerados infractores.

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