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NATALIA DENEGRI VS. GOOGLE

Derecho al olvido para un escándalo mediático de los 90

Recomiendan a la Corte la no aplicación del "derecho al olvido" en el caso Denegri /Google por entender que, la modelo tenía "conocimiento lo que hacía".

La Asociación por los Derechos Civiles (ADC) recomendó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación que rechace la aplicación del "derecho al olvido" en la causa que Natalia Denegri abrió contra Google.

La ex modelo reclama que el buscador retire contenidos de TV y fotos protagonizados por ella en la década del´90

De acuerdo con la organización "su implicancia en el ámbito digital y el derecho al olvido tienen una trascendencia que supera el mero interés de las partes ya que ambos reconocen importancia central para la vigencia de nuestro estado de derecho democrático".

El caso llegó al máximo tribunal luego que Google apelara las sentencias de primera y segunda instancia que habían fallado en favor de Denegri.

Ahora la Corte tribunal no solo deberá definir el caso sino, tomar una postura del tema y delinear un estándar sobre si los afectados podrán solicitar a los buscadores que dejen de exponer noticias del pasado que consideren perjudiciales.

En la presentación, la Asociación por los Derechos Civiles, expone su desacuerdo con la aplicación en este caso del "derecho al olvido", dado que al momento de los hechos, Natalia Denegri "era una personalidad pública con conocimiento de lo que hacía y siendo mayor de 18 años, se sometió a la exposición mediática".

Testimonio social

La entidad señala que las apariciones de la ex modelo en el marco del caso Cóppola son parte de un material de archivo que tiene un valor histórico en sí mismo, porque se constituye como testimonio de la sociedad.

Por otra parte recuerda que, lejos de perjudicarse, Denegri "se benefició de la exposición en discusiones por los medios". Allí destaca el conocido fallo "Ponzetti de Balbín", donde recuerda que "en el caso de personajes célebres, cuya vida tiene carácter público o de personajes populares, su actuación pública puede divulgarse en lo que se relacione con la actividad que les confiere prestigio o notoriedad y siempre que lo justifique el interés general".

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Natalia Denegri.

Natalia Denegri.

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