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PRESENTÓ RECURSO

CFK se quejó de condiciones de su prisión: "Soy una persona que tiene vida"

Cristina Kirchner (CFK) se quejó de que sus amigos y compañeros que quieran visitarla en prisión domiciliaria deban pedir autorización a la Justicia.

La defensa de Cristina Fernández de Kirchner (CFK) presentó un recurso ante la Justicia para que revoque la medida sobre el régimen de visitas en su prisión domiciliaria. La ex presidenta se quejó en su cuenta de X y dijo que es "violatorio de mis más elementales derechos civiles".

"Mis abogados tuvieron que recurrir otra decisión del mismo Tribunal, que sólo permite que me visiten, y previo listado… únicamente mi núcleo familiar, mis abogados y mis médicos", comenzó el descargo de CFK.

"El resto de mis relaciones con el mundo exterior… amigos, amigas, compañeros, compañeras… y otras personas que conozco y me vinculo por el sólo hecho de ser una persona que tiene vida… cada vez que quieran visitarme deberán presentar una solicitud al Tribunal y luego esperar su autorización; en un régimen de exclusión totalmente arbitrario, que no se le aplica a nadie y violatorio de mis más elementales derechos civiles", cuestionó.

"De mis derechos políticos, mejor ni hablemos… te la debo. ¿Habrá una Constitución y Códigos Penales y Procesales especiales, redactados únicamente para mí y que nunca me enseñaron en la facultad?", ironizó.

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En la presentación -realizada por sus abogados Carlos Beraldi y Ary Llernovoy- le piden al tribunal que revoque la medida que la obliga a presentar una lista de "su grupo familiar, custodia policial, profesionales médicos que la tratan asiduamente y abogados que la representan", que serán los únicos que podrán visitarla "sin necesidad de autorización judicial".

Los abogados de Cristina fundamentan el pedido señalando que "la regla de conducta esencial que deben observar las personas a las que se les impone prisión domiciliaria es, precisamente, acatar la restricción ambulatoria durante todo el lapso de vigencia de la condena".

Y en ese sentido, insisten: "Quienes cumplen su pena en un domicilio particular pueden desarrollar todas las actividades que no se encuentran prohibidas por la ley, tal como se deriva del principio de reserva que consagra el art. 19 de la Constitución Nacional".

Advierten, además, que, según lo estableció la propia Corte Suprema, "las personas que cumplen una condena gozan de la totalidad de los derechos constitucionales cuya restricción no se deriva en forma necesaria de la pena impuesta y de la privación de la libertad ambulatoria".

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FUENTE: Urgente24