Luego de ocho meses de la condena a las imputadas Magdalena Espósito Valenti y Abigail Páez por el homicidio de Lucio Dupuy, el Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa confirmó el día de la prisión perpetua para las acusadas. A su vez, le agregó a la madre del niño el delito de abuso sexual.
MALTRATO INFANTIL
Caso Lucio Dupuy: Confirman prisión perpetua y suman abuso sexual
La justicia confirmó las penas a prisión perpetua para las condenadas por el asesinato de Lucio Dupuy y agravó la condena contra la madre por abuso sexual.
La jueza María Eugenia Schijvarger y el juez Mauricio Piombi fueron quienes tomaron la decisión tras aceptar todos los planteos de la fiscalía, admitir parcialmente los de la querella y rechazar los cuestionamientos de las defensas de las imputadas.
La Audiencia de Juicio había hallado culpable a Espósito Valenti, la mamá de Lucio, de homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento. Por otro lado, en el caso de Páez fue acusada de homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento, en concurso real con el delito de abuso sexual con acceso carnal por vía anal, ejecutado con un objeto fálico.
Además el Tribunal había absuelto a Espósito Valenti de la acusación de abuso sexual agravado por aplicación del artículo 6 del Código Procesal Penal de La Pampa, es decir por el beneficio de la duda, pero eso fue revertido el 2 de febrero de este año por el Alto Tribunal provincial.
En relación al recurso por parte de José Mario Aguerrido, el abogado de la familia Dupuy, acerca de sumar el cuarto agravante “odio de género”, los jueces denegaron el pedido por entender que los testimonios de las psicólogas en el debate fueron muy claros al respecto.
Por otra parte, María Silvina Blanco Gómez y Alejandra Moyano González, defensoras de Páez y Espósito Valenti respectivamente, aseguraron que existió una actividad procesal defectuosa, ya que que hubo anomalías en la realización de una biopsia y en las conclusiones de las entrevistas efectuadas por psicólogas y psiquiatras.
Aparte, afirmaron que era inconstitucional que en el fallo no se fijará la cantidad de años que significa la prisión perpetua. En su momento Moyano González también había pedido que Espósito Valenti sea absuelta por el homicidio con el argumento de que no estuvo en la casa familiar cuando Lucio fue golpeado.
El TIP, en la extensísima resolución, descartó con fundamentos cada uno de esos planteos y reafirmó la constitucionalidad de la prisión perpetua en el país.
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