Un oficial de la Policía Nacional de Sevilla que patrullaba las calles andaluzas en busca del delito y combatía a la delincuencia, se dedicaba en su tiempo libre a crear contenido erótico como porno star. Por lo que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) lo suspendió de su cargo sin goce de sueldo y una ‘condena en costas’ del juicio de 500 euros, mientras que la Dirección General de la Policía le impuso una sanción por seis meses al perjudicar la imagen del cuerpo policial.
APARTADO DE SU CARGO
El 'cana sexy' de Sevilla: Policía y actor porno
En España, un agente de la Policía Nacional de Sevilla, suspendido por seis meses al ser actor porno en su tiempo libre.
La investigación de la doble vida de un policía de Sevilla (amparada en la Ley de Incompatibilidad), mitad actor porno y mitad veedor del cumplimiento de la ley, arrancó en el 2018, cuando "él mismo se publicita en las distintas redes sociales con un determinado seudónimo, como actor pornográfico, siendo totalmente reconocible en algunos de los fotogramas que aparecen en dichas redes, algunas de alto contenido sexual", según apuntó la sentencia de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJM.
La Ley de Incompatibilidad (53. 1984) en España establece que “no podrá reconocerse compatibilidad alguna para actividades privadas a quienes se les hubiere autorizado la compatibilidad para un segundo puesto o actividad públicos, siempre que la suma de jornadas de ambos sea igual o superior a la máxima en las Administraciones Públicas.
En sus ratos libres, el policía se promocionaba para “hacer vídeos y espectáculos en directo”, ofreciendo un correo electrónico para su contratación. Pronto, un colega lo reconoció en las redes sociales y dicha información llegó oídos de la cúpula policial, que abrió una investigación.
“La difusión pública de actividad sexual, autocalificada como pornográfica, llevada a cabo por un miembro en activo de la Policía Nacional, conduce al desprestigio de ésta, y al deterioro de la imagen de profesionalidad y seriedad de esta institución, pues no parece preciso razonar que, en la realidad social en la que vivimos, la actividad de actor pornográfico no lleva asociadas las ideas de profesionalidad, seriedad, prestigio o autoridad", dice la sentencia.
El agente, quien estuvo en la comisaría del distrito sevillano de Macarena, en España, sostuvo en su defensa que su labor extra pornográfico es compatible porque "era privado, no abierto al público" y que él mismo lo ejercía por afición, sin cobrar por sus servicios eróticos. Asimismo, según sus palabras de la Defensa del policía, los derechos de imagen estaban cedidos a la productora de contenidos pornográficos y que "nunca trabajó como profesional, sólo como amateur, sin cobrar por derechos de imagen ni identificarse como policía nacional y sin utilizar su nombre personal”.
No obstante, el fallo relató indicios contundentes de actividad económica relacionada a la generación de contenido pornográfico, más aún cuando su ex pareja, quien es actriz porno, testificó que cobraba 300 euros por cada aparición-pese a que aclaró que el agente era amateur-, y la Justicia consideró que ambos se beneficiaban ‘al compartir gastos’.
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