Esta tarde, el ministro de economía, Sergio Massa, habló y dio detalles sobre el Programa de Incremento Exportador. Al respecto, el ministro brindó los 3 decretos clave que, asegura, tienen como objetivo automatizar los beneficios de la emergencia, con respecto a la sequía, para todos los productores de la argentina. Con esta norma lo que se espera es que se suspendan ejecuciones fiscales, suspendan ejecuciones bancarias, que se suspendan, mientras dure la emergencia, las percepciones o anticipo de impuestos que cobra el Estado y de alguna manera esos 69.000 productores sientan que el Estado argentino no solo los asiste con algún aporte no reintegrable, sino que además les facilita el mantenerse con acceso al mercado de crédito, con lo que esperan una mejor etapa, con respecto a las lluvias, a partir de mayo. Sobre esto, Sergio Massa destacaba:
PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR
Sergio Massa y los detalles detrás del dólar soja y regional
Sergio Massa brindó más detalles acerca del Programa de Incremento Exportador, donde el pilar está en 3 decretos.
Por esto mismo, se lanzarán estos 3 decretos, de los cuales 2 buscan incentivar y otro a castigar. El primero de ellos está referido al tipo de cambio preferencial, que ya no solo será para soja, sino que también alcanzará a las economías regionales. Para el "dólar soja" el tipo de cambio más alto, de $300, estará disponible desde el lunes 10 de abril hasta el 31 de mayo, mientras que para las economías regionales el tipo de cambio empezará en la misma fecha, tendrá el mismo valor, pero durará hasta el 31 de agosto. Aunque, para ello, los productores deberán cumplir con estos 3 requisitos:
- Participar en el Programa de Precios
- Mantener empleo
- Garantizar volumen y abastecimiento de productos que se comprometen en el programa de precios
Mientras tanto, el 3er decreto, está enfocado en aquellos que no "juegan limpio", en el sistema de liquidación, donde hay un plazo de liquidación de 180 días. Apuntando contra aquellos que especulan y no cumplen con la liquidación de los dólares que exportaron. A ellos, se les dará un plazo de 30 días para que hagan lo que la ley los obliga a hacer y de lo contrario sufrirán de
- Suspensión de CUIT -tanto para la empresa como para sus dueños-, vencidos los plazos establecidos en el decreto
- Pase a ser personas no hábil comercialmente
- Restricción al mercado de cambios
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