La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) resolvió adelantar al 23 y 24 de febrero el vencimiento para el cumplimiento de la determinación e ingreso de ciertas obligaciones impositivas, que originalmente estaba fijado para 27 y 28 de este mes, a través de la resolución general 5323/23, publicada este martes en el Boletín Oficial.
La AFIP explicó que esta adecuación responde a razones de administración tributaria.
De esta manera, los vencimientos pautados para el mes serán para los CUIT terminados en 6 y 7 el 23; y para los finalizados en 8 y 9, el 24.
Esto rige para la presentación de la declaración jurada del impuesto al valor agregado (IVA) del régimen general y el ingreso del saldo resultante correspondientes al período fiscal enero de 2023, al igual que para Libro IVA Digital.
También para el ingreso diferido del saldo resultante de la declaración jurada del IVA para micro y pequeñas empresas del período fiscal noviembre de 2022 y presentación de la declaración jurada correspondiente al período fiscal enero de 2023.
Lo mismo para la presentación de la declaración jurada del IVA para la actividad agropecuaria del período fiscal enero de 2023 e ingreso anual del impuesto correspondiente a ejercicios con cierre el mismo mes.
Asimismo, se adelanta el vencimiento del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS). Ingreso de las percepciones practicadas entre los días 16 y 22 de febrero de 2023.
Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias Ingreso de las sumas percibidas y/o del importe correspondiente al impuesto propio devengado, del período comprendido entre los días 16 y 22 de febrero de 2023
Impuesto a las Entradas de Espectáculos Cinematográficos. Ingreso del gravamen correspondiente a las localidades o boletos entregados entre los días 16 y 22 de febrero de 2023.
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