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La AFIP salió a buscar a 40.000 monotributistas que deben aportes jubilatorios

Con cartas a los contribuyentes, la AFIP ya advirtió a 40.000 monotributistas con deudas por aportes jubilatorios. Se trata de aportantes que no están en relación de dependencia y que no abonaron los montos mensuales correspondientes a la seguridad social. El organismo recaudador aclaró que no fueron “intimaciones” sino cartas de “inducción” a los deudores y que lograron que el 10% regularice su situación.

La AFIP empezó una campaña para cobrar deudas. Apunta a 40.000 monotributistas que deben aportes jubilatorios pero también reclama pagos por aportes que no corresponden y a los que el contribuyente en cuestión no está obligado a ingresar.

Sobre los primeros, el organismo recaudador envió cartas de “inducción” a los contribuyentes, que la AFIP aclara que no son intimaciones.

La carta la recibieron los contribuyentes inscriptos en el régimen simplificado que no están además bajo relación de dependencia y que no abonaron los montos mensuales correspondientes a la seguridad social.

"Lo que se hicieron fueron inducciones, no intimaciones. Y se hicieron a aquellos monotributistas que no están en relación de dependencia ni aportan a cajas previsionales complementarias. Por lo tanto, les corresponde pagar el aporte previsional. Fueron 40 mil cartas y en un mes ya se logró que el 10% comience a pagar", comentaron fuentes del organismo tributario en declaraciones a la señal de noticias TN.

Los mensajes advierten: "Nuestros registros no surgen pagos a las cotizaciones del régimen de seguridad social".

Y advierte: "Ante el incumplimiento de esos requisitos, tendrías que darte el alta en el impuesto monotributo autónomo desde la fecha que te corresponda y efectuar los pagos".

Asimismo, informa que para ingresar en la categoría "no aportante" del régimen simplificado, el contribuyente debe cumplir tres requisitos: registrar ingresos en relación de dependencia, luego percibir otros ingresos que tributen aportes a la seguridad social y además registrar ingresos en carácter de beneficiario de prestaciones, como por ejemplo una jubilación.

Desde el blog especializado Blog del Contador, cuestionaron a la AFIP: "En el caso de empleados en relación de dependencia es posible el alta dentro del Monotributo en la categoría como no aportante. Esto quiere decir que al ya tener retenciones por aportes a la jubilación y a la obra social por el empleo, se podrá adherir al régimen simplificado ingresando solamente la cuota impositiva, desligándose de la obligación de ingresar las cotizaciones previsionales fijas a la seguridad social y obra social".

Sin embargo, el organismo a cargo de Leandro Cuccioli ha salido a reclamar pagos por aportes que no corresponden y a los que el contribuyente en cuestión no está obligado a ingresar, destaca el portal IProfesional.

En el blog administrado por el consultor tributario Marcos Felice se explicó cómo la AFIP intima a monotributistas una deuda del período 04/2019 cuando en la cuenta corriente se encuentra cancelada.

Desde el primer día posterior al vencimiento del pago del Monotributo y hasta el momento que impacta el mismo, quienes tienen adherido el débito automático generan una deuda ficticia que, entre otras cuestiones mas graves -como puede ser querer emitir un libre deuda y no poder- generan este tipo de intimaciones que no son mas que una falsa acusación por una falta que no se ha cometido.

La explicación de la AFIP es que las cartas "son inducciones, no intimaciones; y se hicieron a aquellos monotributistas que no están en relación de dependencia ni aportan a cajas previsionales complementarias".

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