Más allá de que Urgente24 repudie el comercio de Tabaco en general -una posición editorial desde el inicio y que se extiende al mentiroso cigarrillo electrónico también-, Tabacalera Sarandí tiene 2 fallos judiciales, en 1ra. y 2da. instancia, que declararon inconstitucional el reclamo del Fisco. Pero la CSJN(Corte Suprema de Justicia de la Nación, donde hay un magistrado que asesoró a una empresa competidora de Tabacalera Sarandí), consideró que no basta con tener 2 fallos a favor y de todos modos el demandado debe pagar al Fisco hasta que se defina la cuestión de fondo. Si esto no es inseguridad jurídica habría que preguntarle a Horacio Rosatti y otros a qué le llaman ellos 'inseguridad jurídica'. El empresario Pablo Otero puede ser muy cuestionado pero ni la Ley ni la Justicia dependen del rostro del demandado.
ANALIZANDO UN FALLO
Curiosa inseguridad jurídica de la CSJN y falsa interpretación del Tabaco
Para la CSJN no basta con tener 2 sentencias en firme. Y el fallo depende, parece, de 'la cara' del demandado. Luego, en lo del Tabaco hay 'pescado podrido'.
Hay otro tema muy interesante: la mala interpretación del periodismo de los fallos de la CSJN en este caso. El fallo de la CSJN no establece que Tabacalera Sarandí debe pagar hacia atrás todo lo supuestamente 'adeudado'. Falso.
Existiendo un doble fallo de inconstitucionalidad, todo el período anterior se encuentra cubierto por esa sentencia judicial. Por lo tanto, en todo caso, el período a cubrir es desde la vigencia del fallo de la CSJN.
Luego, Tabacalera Sarandí deberá pagar un monto a definir entre el período actual y el futuro indefinido que tampoco será 'cash' sino que se negociará en estampillas fiscales, que vaya a saber uno si el 'maldito' Otero no se encuentra ya sobrestockeado en estampillas fiscales.
Por último, la ofensiva de CC-ARI y otros contra Tabacalera Sarandí reclamando una legislación, sólo están beneficiando a la demandada porque una legislación impedirá revisar hacia atrás sino que marcará como inicio de toda auditoría el momento en que se encuentre vigente una legislación específica.
Por favor, no devorar pescado podrido.
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