El gobierno nacional formalizó la creación de un nuevo esquema de indemnización laboral, basado en fondos de inversión, con el objetivo de brindar una alternativa al modelo tradicional previsto por la Ley de Contrato de Trabajo. La medida, publicada en el Boletín Oficial a través de la Resolución General 1071/2025 de la Comisión Nacional de Valores (CNV), reglamenta los llamados “Productos de Inversión Colectiva de Cese Laboral” y establece las condiciones en que empleadores y trabajadores podrán adoptarlo de forma voluntaria.
YA ES OFICIAL
Cómo funciona el sistema de indemnización laboral con fondos de inversión
El nuevo sistema de indemnización laboral convivirá con el anterior y busca ofrecer una alternativa a los convenios por cese laboral.
Este nuevo régimen fue aprobado por el artículo 96 de la Ley Bases 27.742 y fue impulsado por el Ministerio de Desregulación, a cargo de Federico Sturzenegger, quien destacó que tanto las empresas como los empleados podrán optar por adherirse, según los términos que acuerden en sus respectivos convenios colectivos de trabajo.
El ministro insistió en que esta iniciativa no elimina el régimen de indemnización vigente, sino que lo complementa con una herramienta optativa, moderna y de ahorro que busca ampliar el menú de opciones disponibles.
“Lo pueden hacer como quieran, con una única condición: la participación es voluntaria tanto para empresas como trabajadores. Este último punto es esencial, solo con esta premisa sabemos que el sistema será beneficioso para ambos”, indicó.
¿Cómo funcionarán los fondos de inversión para la indemnización laboral?
Según lo establecido por la CNV, el nuevo sistema se basará en dos instrumentos financieros principales. Los Fondos Comunes de Inversión Abiertos (FCI) y los Fideicomisos Financieros (FF), ambos exclusivamente dedicados a cubrir las obligaciones derivadas de una eventual desvinculación laboral.
El objetivo es que los aportes realizados por empleadores –y eventualmente también por los trabajadores– se acumulen a lo largo del tiempo en estos fondos, generando rendimientos. Al momento de una desvinculación, el capital acumulado podrá utilizarse como sustituto de la indemnización por antigüedad, prevista actualmente en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.
Además, los fondos deberán incorporar en su nombre la denominación “Cese Laboral”, para asegurar su identificación y correcta aplicación, y estarán fuera del alcance de embargos o ejecuciones por parte de acreedores tanto del empleador como del empleado.
¿Qué características tienen los nuevos fondos de cese laboral?
En el caso de los FCI, el reglamento de gestión deberá contemplar mecanismos específicos para abordar los distintos supuestos de despido, el procedimiento de notificación y el destino de los fondos si la desvinculación no genera derecho a cobro. Las entidades depositarias llevarán un registro detallado de cuotapartes, las cuales pasarán a ser propiedad del trabajador al momento de la desvinculación.
Una vez adquiridas, las cuotapartes serán de libre disposición para el trabajador, aunque no podrá realizar nuevas suscripciones al fondo. Como medida de seguridad, los FCI no podrán invertir en instrumentos emitidos por los propios empleadores ni superar una concentración sectorial del 30% de su patrimonio neto.
En cuanto a los Fideicomisos Financieros, se caracterizan por una mayor flexibilidad operativa. No requieren un prospecto aprobado por la CNV, aunque deben publicar información en la Autopista de la Información Financiera. También podrán incorporar nuevos fiduciantes (empleadores) durante su vigencia, y su único instrumento financiero será el certificado de participación.
El contrato de fideicomiso deberá detallar el procedimiento de pago a los trabajadores, las condiciones ante diferentes tipos de desvinculación, el destino de eventuales fondos remanentes, y prever informes mensuales para que los beneficiarios conozcan sus tenencias. Además, se permite la inclusión de un comité o asesor de inversiones, siempre que no esté vinculado a sindicatos y actúe con criterios de costos razonables y transparencia.
¿Qué impacto tendrá este nuevo esquema en el sistema de indemnización laboral?
Uno de los puntos centrales de este sistema es su carácter voluntario. Ni las empresas ni los trabajadores estarán obligados a adherir a esta modalidad, pero se abre la posibilidad de que cada convenio colectivo de trabajo pueda diseñar su propio esquema, adaptado a las particularidades del sector.
Para el gobierno, se trata de un paso clave hacia la modernización del mercado laboral, ya que permite anticipar el costo de los despidos a través de contribuciones periódicas, evitando así desembolsos elevados en momentos de crisis empresaria.
En términos operativos, los empleadores podrán pactar con sus empleados un porcentaje fijo del salario o un monto determinado a aportar mensualmente, lo que además permitirá una planificación financiera más estable tanto para empresas como para trabajadores. Las contribuciones también podrán ser mixtas, es decir, compartidas por ambas partes.
Fondos de inversión e indemnización laboral: ¿Qué control tendrá el Estado?
La Comisión Nacional de Valores será el organismo encargado de supervisar y controlar la correcta aplicación de estos productos financieros. Tendrá la facultad de revisar que las sociedades administradoras mantengan una política de inversión adecuada, conforme a los objetivos de los fondos de cese laboral.
Además, deberá asegurar que los instrumentos financieros se mantengan diversificados, sin concentraciones excesivas en determinados sectores de la economía, y que los fondos no inviertan en activos vinculados a los propios empleadores, para evitar conflictos de interés.
¿Qué ventajas y desafíos plantea este nuevo sistema de indemnización?
Entre las ventajas que resaltan los defensores del nuevo esquema están:
- La previsibilidad para los empleadores ante posibles desvinculaciones.
- La posibilidad de capitalización del fondo a favor del trabajador.
- La protección jurídica de los fondos acumulados, al ser inembargable.
- La adaptabilidad sectorial, al poder negociarse en convenios colectivos.
Sin embargo, también surgen interrogantes y desafíos. Uno de ellos es la posible baja adhesión inicial, dado que implica un cambio cultural y estructural en la forma de entender la relación laboral. Otro aspecto a considerar es el riesgo de los instrumentos financieros, ya que los rendimientos dependerán del comportamiento de los mercados y de las decisiones de inversión.
Asimismo, existe preocupación en algunos sectores sindicales respecto de la eventual sustitución de derechos adquiridos bajo el régimen actual. Aunque la participación es voluntaria, queda por verse cómo reaccionarán las distintas ramas del trabajo ante esta reforma que propone un modelo de mayor flexibilidad.
Más noticias en Urgente24
Franco Colapinto y el mensaje de Alpine que impactó a todos: “Correrá siempre”
Preocupación en River por lo que dijo Nacho Fernández (modo Lucas Blondel)
Cuenta DNI se actualizó y arrasó con un nuevo beneficio
Todos hablaron de Miguel Merentiel (Boca) por lo que hizo con Sofi Martínez
Vuelos a Miami tientan argentinos: US$250 y pagando 9 meses después