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Ajustan el 'puerta a puerta' ¿siguen los gastos con tarjeta?

La AFIP redujo de US$3000 a U$S1000 el límite para compras al exterior con el sistema puerta a puerta y podría avanzar sobre las compras con tarjeta.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) redujo desde este viernes (23/9) de US$ 3000 a U$S 1000 el límite para las compras en el exterior a través del sistema denominado ‘puerta a puerta’ y podría haber novedades también sobre nuevas restricciones en las compras con tarjeta de crédito al exterior.

“Fortalecimiento del control”

Mediante la resolución general 5260, publicada este viernes en el Boletín Oficial, el organismo dirigido por Carlos Castagneto modificó las normas vinculadas a la importación y exportación de mercaderías por parte de empresas habilitadas como Prestadores de Servicios Postales/Courier.

La AFIP argumentó que la resolución apunta al “fortalecimiento de acciones de control y fiscalización ejecutadas en los distintos regímenes de importación”.

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La resolución de la AFIP que reduce los montos para comprar bajo el sistema 'puerta a puerta'

Pero se trata de un endurecimiento del cepo cambiario. Cabe recordar que en junio pasado se terminaron las cuotas para las compras en el exterior de pequeños envíos por disposición del Banco Central (BCRA) y se agregó un recargo para el dólar tarjeta.

Todo ocurre en el marco del análisis de nuevas restricciones a los gastos con tarjeta en el exterior, que el Gobierno anunciaría en los próximos días.

Irregularidades

Para justificar le resolución que reduce las compras en el exterior con el ‘Puerta a Puerta’, la AFIP argumentó que detectó operaciones con irregularidades, las cuales derivaron en denuncias infraccionales y/o penales ”.

En esa línea, le medida se tomó para resguardar “la renta fiscal”.

Además, el organismo dijo en los considerandos de la resolución que “resulta necesario actualizar los valores FOB vigentes para las mercaderías ante el “escenario económico actual y a fin de evitar la desnaturalización del régimen en trato”.

La medida aplica para los envíos que ingresen a través de un servicio courier “destinados a personas humanas o jurídicas, conformados por hasta tres unidades de la misma especie y que no presuman finalidad comercial, donde el peso total del envío sea de hasta cincuenta kilogramos y el valor FOB de las mercaderías consignadas a un mismo destinatario no excedan US$1000 por vuelo”, estableció la AFIP.

En el caso del valor para los casos de exportación para consumo en forma simplificada, el mismo no deberá exceder “los US$3000 para cada remitente del envío”.

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