Boletín Oficial: Medidas de fuerte impacto en materia fiscal, privatizaciones y el sector militar
Calendario de Ganancias: Nueva prórroga de ARCA
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó la Resolución General 5876/2026, la cual reconfigura las fechas clave del Impuesto a las Ganancias (período fiscal 2025) y los anticipos de 2026:
Declaración Jurada (Ganancias 2025): Se extiende el plazo para presentarla hasta el 27 de agosto de 2026.
El "gancho" con el pago: ¡Atención acá! Aunque extendieron la presentación, la fecha límite de pago del saldo se mantiene inamovible el 27 de julio de 2026. Esto obliga a los contribuyentes a calcular el impuesto estimado previamente para no caer en mora e intereses resarcitorios.
Bienes Personales 2025: Se ratificó que tanto la presentación como el pago vencen el 27 de julio de 2026.
Primer Anticipo 2026: Se reprogramó para septiembre de 2026, dividiéndose según la terminación de CUIT: CUIT 0, 1, 2 y 3: 14 de septiembre. CUIT 4, 5 y 6: 15 de septiembre. CUIT 7, 8 y 9: 16 de septiembre.
Privatizaciones: Prórroga y más superpoderes para la Agencia de Transformación
A través del Decreto 611/2026, el Poder Ejecutivo extendió el funcionamiento de la Agencia de Transformación de Empresas Públicas:
Plazo: Se prorroga su vigencia hasta el 19 de julio de 2028 (o hasta que se cumplan sus metas). El argumento oficial es que en los dos años previos no se llegaron a concretar la totalidad de los traspasos y reestructuraciones planeados.
Nuevas funciones: Además de avanzar con el plan de privatizaciones y concesiones, la oficina asumirá formalmente el ejercicio de la representación societaria del Estado en las 58 firmas donde el país posee acciones, controlando activamente la idoneidad de los directores asignados.
Ratificación: Se confirma a Diego Chaher al frente del organismo con rango de secretario.
Modificaciones para el Personal Militar
El Decreto 610/2026 introdujo cambios significativos en la reglamentación de la Ley para el Personal Militar N° 19.101. Se oficializó y reestructuró la forma de calcular suplementos específicos para las fuerzas armadas, destacando la incorporación formal del Suplemento por Título, junto a los adicionales por Tiempo Mínimo Cumplido, Antigüedad de Servicios y Grado Máximo.
La norma aclara los conceptos remunerativos habituales y mensuales que pasan a integrar de forma directa las bases de cálculo salarial convencional del sector militar.
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