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Proponen amnistía para quienes violaron la cuarentena: Hay más de 55 mil causas

En el Congreso Nacional presentaron un proyecto que propone la amnistía para quienes hayan violado la cuarentena. Creen que es lo justo.

"Mientras la población cumplía con el confinamiento, enfrentando dificultades emocionales, económicas y sociales, vimos cómo desde el poder político se cometían excesos y se burlaban de las mismas normas que imponían". Con ese argumento, el diputado nacional Oscar Agost Carreño presentó un proyecto que propone amnistía para quienes hayan violado la cuarentena.

Y es que en medio del escándalo que involucra a Alberto Fernández, Fabiola Yañez y algunas figuras mediáticas, en el que quedó demostrado que el Gobierno anterior fue el primero que violó sus propias restricciones, el legislador nacional cordobés consideró justo presentar una iniciativa de esta magnitud.

Si bien el proyecto es de autoría del Agost Carreno, hasta el momento suscribieron con sus firmas otros diputados nacionales como Miguel Ángel Pichetto, Ricardo López Murphy, Juan Manuel López, Margarita Stolbizer, Carlos Fernández, Mónica Fein, Mónica Frade, Esteban Paulón, Paula Oliveto y Agustín Domingo.

Según informaciones periodísticas, más de 55 mil causas judiciales se iniciaron en la Justicia federal desde abril de 2020 hasta octubre de 2021 por violaciones al Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO), la mayoría de las cuales están vinculadas a ciudadanos que simplemente circularon en la vía pública.

Qué dice el proyecto que propone la amnistía

La iniciativa busca dar un cierre definitivo a los miles de procesos judiciales iniciados contra ciudadanos que infringieron las restricciones impuestas por el gobierno de Alberto Fernández entre 2020 y 2023.

En ese orden, los diputados argumentaron que la iniciativa está motivada "por el profundo malestar que persiste en la sociedad argentina tras las duras medidas de confinamiento" que, aunque necesarias en su momento, generaron situaciones de desigualdad e injusticia.

El proyecto establece que se extinguirán las acciones penales iniciadas bajo el artículo 205 del Código Penal, que sanciona a quienes violan las medidas adoptadas para impedir la propagación de una epidemia. Esta extinción aplicará únicamente a aquellas personas que no estén prófugas, en rebeldía o que no hayan sido citadas a declarar antes de los 60 días desde la promulgación de la ley.

Además, se especifica que las acciones civiles seguirán su curso normal y que no se verán beneficiadas por esta ley aquellas personas imputadas por delitos de mayor gravedad, como la propagación intencional de enfermedades. También excluye expresamente a los funcionarios públicos que cometieron infracciones mientras estaban en ejercicio de sus funciones.

Cabe destacar que recientemente, en la Comisión de Derechos Humanos y Garantías de la Cámara de Diputados, se escucharon testimonios desgarradores de familiares de víctimas que sufrieron debido a las estrictas medidas de confinamiento. Casos como el de Solange Musse, cuya familia fue impedida de acompañarla en sus últimos momentos, resaltan el dolor que provocaron las restricciones.

El proyecto completo a continuación

4296-D-2024 Punto final aislamiento.pdf