El proyecto del nuevo Código Penal de la Nación ya está en la Comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado. Pero el Gobierno nacional descarta que pueda convertirse en ley este año por el cronograma electoral y las dificultas de conseguir consensos con la oposición.
PROYECTO
Código Penal (de campaña): Tibio con aborto y duro con corrupción y pedradas
El expediente reúne el trabajo hecho por la Comisión para la Reforma del Código Penal de la Nación que comenzó a trabajar a principios de 2017 por disposición del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Pero su presentación en el Legislativo se demoró en varias oportunidades, la última vez por el debate parlamentaria por la despenalización del aborto que dejó fuertes tensiones internas en Cambiemos.
De la Comisión que redactó el nuevo Código formaron parte magistrados del Poder Judicial, representantes del Ministerio Público Fiscal, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, del de Seguridad y del entonces Ministerio de Desarrollo.
El proyecto de ley fue objeto de debate en el marco del PROGRAMA JUSTICIA 2020 con el fin de promover la activa participación de la sociedad en la elaboración y propuesta de reformas legislativas en materia de justicia y derechos humanos.
Entre otros capítulos, el nuevo Código legisla sobre el aborto, tratamientos médicos no consentidos y delitos contra la integridad sexual, incluyendo pornografía infantil.
El punto más delicado para el Gobierno fue el del aborto, por eso optó finalmente por mantener la penalización ya prevista en el artículo 86 pero dejarle la posibilidad a los jueces para que decidan si aplican o no la sanción de acuerdo a cada caso.
El proyecto de nuevo Código Penal incrementa las penas y la persecución a las mujeres y a quienes nos manifestamos en la calle.
— Leonardo Grosso (@Leonardo_Grosso) 26 de marzo de 2019
Un código penal macrista y también machista.
Por primera vez desde 1921 ingresó al Congreso un proyecto de reforma integral del Código Penal remitido por el Poder Ejecutivo. Los argentinos merecemos un Código moderno, que dé respuesta a la criminalidad compleja y a los reclamos de la sociedad. pic.twitter.com/4nQLftwBnc
— Germán Garavano (@german_garavano) 25 de marzo de 2019
El proyecto de reforma del Código Penal que mandó Macri al Congreso es un retroceso para los derechos de las mujeres. El aborto sigue penalizado y se restringe aún más el acceso en relación al fallo de la Corte Suprema y a la legislación de 1921 https://t.co/FmW9BwFzS0
— Mónica Macha (@MoniMacha) 26 de marzo de 2019
Bueno, acá leemos el verdadero sentido de los artículos del nuevo Código Penal. No sólo sigue criminalizando a las mujeres, sino que va más allá. Y otra cosa: El Código Penal establece penas y castigos, no derechos. https://t.co/VZRNDjJMFe
— Ingrid Beck (@soyingridbeck) 26 de marzo de 2019
#Atención el gobierno presenta un Código Penal que refuerza la criminalización a las mujeres. Hay que tomar las calles para rechazarlo. #AbortoLegalYa https://t.co/SBBfIPHnRX
— Nicolas del Caño (@NicolasdelCano) 26 de marzo de 2019
El proyecto de reforma del Código Penal de Macri establece que la mujer que aborte tendrá de uno a tres años de prisión. Es una provocación al movimiento por la legalización del aborto que tenemos que rechazar con una vasta movilización popular con las mujeres a la cabeza.
— Néstor Pitrola (@nestorpitrola) 26 de marzo de 2019
El proyecto del nuevo Código Penal ignora el profundo debate que dio la sociedad sobre el acceso al #AbortoLegalYa y mantiene una postura regresiva sobre los derechos de las mujereshttps://t.co/29C0EoSxWM
— Lucila De Ponti (@ludeponti) 26 de marzo de 2019
El presidente mandará este lunes un proyecto de CP prevé prisión para la mujer que aborta con un agregado aberrante: un juez va a determinar si tenía motivos para abortar, si para él no tenía va presa. Esperemos que los congresistas lo reparen. https://t.co/McUIp3stEr
— Claudia Piñeiro (@claudiapineiro) 24 de marzo de 2019
Esa decisión generó críticas desde la izquierda y organizaciones sociales que militan por el aborto legal.
En lo concreto se reemplaza la referencia a la “violación o de un atentado al pudor cometido sobre mujer idiota o demente”, por “abuso sexual”. Además, queda incluido cualquier embarazo producto de un abuso sexual.
El texto del Ejecutivo contempla el aborto no punible cuando sea con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud física o mental de la madre, y si este peligro no puede ser evitado por otros medios.
A la hora de referirse a las sanciones que pueden tener la mujer que "causare su propio aborto o consintiere que otro se lo causare", el proyecto prevé la posibilidad de que el juez disponga dejar en suspenso o eximir a la mujer de la pena.
Para eso el magistrado debe tener en cuenta los motivos que la impulsaron a cometer el hecho y su naturaleza. El proyecto también considera como aborto imprudente a las lesiones ocasionadas a la persona por nacer, así como también los tratamientos médicos no consentidos y la violencia obstetricia.
Otros aspectos polémicos son, además del endurecimiento de las penas a los delitos por corrupción, narcotráfico, los relacionados al control de la calle.
El Gobierno aprovechará el debate del código para instalar los temas de campaña que más le interesan como hacer las condenas de cumplimiento efectivo para casos de corrupción y endurecer las vinculadas a los cortes de calles y las agresiones en las manifestaciones con piedras.
Además, restringe la libertad condicional y sube las escales penales a migrantes que usen documentación falsa o incumplan la prohibición de reingreso al país.
Otros puntos del proyecto:
Mayores penas para la corrupción
Se propone aumentar las penas para delitos de corrupción. Así, pasarán de una escala de 1 a 6 años de prisión a otra que va de los 4 a años a los 12, especialmente para castigar el pago de sobornos y el enriquecimiento ilícito de funcionarios.
Además, se amplía ese delito no solo para integrantes del poder público, sino también para todos aquellos sujetos obligados por ley a presentar declaraciones juradas patrimoniales, como los titulares de obras sociales. Esas penas serían de cumplimiento efectivo.
Terrorismo
En el caso del terrorismo, se elevan todas las escalas penales al doble de la pena cuando algún delito se cometa "con fines terroristas". Además, se crean nuevas figuras en relación a ese delito, como "asociaciones ilícitas terroristas", "reclutamiento, adoctrinamiento y entrenamiento de terroristas".
Arrepentidos
Respecto de la figura del "arrepentido", se fijan otros delitos en los que pueden llegar a incorporarse esa figura. También se incorpora la "extinción de dominio", establecida por Macri a través de un DNU.
Penas para quienes arrojen proyectiles a la Policía en las marchas
Uno de los puntos que más polémica genera del nuevo proyecto es el que busca establecer penas de hasta tres años para aquellas personas que arrojen piedras, u otros elementos contundentes, hacia las fuerzas de seguridad durante las manifestaciones.
Y no solo eso. También establece penas para quienes "detengan o entorpezcan la marcha de un medio de transporte", tanto público como privado.
Despenalización de tenencia de drogas
Entre otras cuestiones, el proyecto dispone la despenalización de la tenencia de drogas cuando se den tres condiciones: cuando sea para uso personal, en escasa cantidad y cuando su consumo sea en ámbitos de privacidad. En ese sentido, se legalizaría el autocultivo de marihuana, siempre que sea para uso propio. Este punto está basado en la aplicación del fallo de la Corte Suprema en el caso Arriola.
Lo que sí se propone aumentar es el mínimo de la pena para el tráfico de paco y las condenas para los jefes de las organizaciones internacionales dedicadas al narcotráfico llegarán hasta los 25 años de prisión.
Violencia de género
Para los casos de violencia de género, el nuevo Código Penal plantea que el juez está obligado a imponer una pena dentro del tercio superior de la escala para ese tipo de delitos. También se incorpora la figura de "acoso laboral" y aumenta penas máximas para el grooming (acoso sexual virtual a niños y adolescentes).
Pornografía infantil y "pornovenganza"
El texto habla de la pornografía infantil y castiga no solo a la comercialización, como rige actualmente, sino también a la tenencia.
Además, crea la figura de "pornovenganza", es decir, la difusión de material íntimo de manera intencional. Impone agravamiento cuando la víctima sea menor de edad.
A continuación el proyecto original y completo remitido al Senado:
IF-2019-18043844-APN-UCG#MJ by Urgente24 on Scribd
IF-2019-18134447-APN-DGRP#JGM by Urgente24 on Scribd
INLEG-2019-17534237-APN-SECJ#MJ by Urgente24 on Scribd
INLEG-2019-17535089-APN-SECJ#MJ by Urgente24 on Scribd
INLEG-2019-17535089-APN-SECJ#MJ by Urgente24 on Scribd
INLEG-2019-17535587-APN-SECJ#MJ by Urgente24 on Scribd
INLEG-2019-18119277-APN-PTE by Urgente24 on Scribd
INLEG-2019-18119370-APN-PTE by Urgente24 on Scribd
NO-2019-18133738-APN-SRPYP#JGM by Urgente24 on Scribd










