El siniestro ocurrido en Villa Gesell causó la muerte de un jubilado de 84 años, Federico Ciocchini, y su mujer de 79 años, Josefa Bonazza. Esta ùltima pude ser rescatada e internada en Mar del Plata.
UN MUERTO Y 10 DESAPARECIDOS EN GESELL
Piden la Detención del capataz de la obra y 3 albañiles sobrevivientes del colapso del Apart Hotel Dubrovnik
El edificio de 10 pisos ubicado a una cuadra de la playa, colapsó el martes 29/10. Dejó como saldo la muerte de una persona y la desaparición de otras 10.
La mole estaba en obras aunque el municipio local difundió un documento en el cual le ordenaba a los dueños del emprendimiento detener los trabajos internos de construcción por haber detectado irregularidades.
La carta está firmada por Nicolás Federico Valdez, director de inspecciones de edificios privados y espacios públicos de la comuna. Quien firmó como receptor, por parte de la firma hotelera, fue una persona llamada Sergio Paco.
La nota dice lo siguiente: “Por la presente se les comunica que deberán paralizar de forma inmediata los trabajos de obra que se están realizando hasta contar con autorización de la municipalidad”, se lee en el certificado que, además, está dirigido al “propietario Hotel Dubrovnik Av. 1 N°260″.
Las labores de rescate de los bomberos locales y la policía de la provincia de Buenos Aires incluyen equipos especializados en demoliciones y perros rastreadores para ubicar posibles sobrevivientes.
El intendente local, Gustavo Barrera, confirmó que “cerca del 80% del edificio se vino abajo” y que las tareas de rescate se prolongarán durante toda la noche. Se han colocado torres de iluminación especiales para no detener estas labores.
Què se puede esperar para las próximas horas en Villa Gesell
La experiencia internacional indica que se han encontrado personas con vida debajo de los escombros hasta una semana después de un terremoto o tragedias que impliquen el desplome de grandes masas de cemento.
La calificación del expediente es estrago culposo pero agravado por la muerte de una persona.
Establece el Código Penal que “será reprimido con prisión de un mes a un año el que por imprudencia o negligencia, por impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los reglamentos u ordenanzas, causare un incendio u otros estragos. Si el hecho u omisión culpable pusiere en peligro de muerte a alguna persona o causare la muerte de alguna persona, el máximo de la pena podrá elevarse hasta cinco años”.