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SENTENCIA COMPLETA

Lucio Dupuy: Perpetua para las asesinas ("es de por vida")

Magdalena Espósito Valenti y Abigail Páez, fueron condenadas a la pena de prisión perpetua por el asesinato de Lucio Dupuy. Las acusadas no estuvieron presentes

El Tribunal de Santa Rosa (La Pampa), integrado por los jueces Alejandra Ongaro, Daniel Sáez Zamora y Andrés Olié, condenara este viernes (17/2) a la pena de prisión perpetua a Magdalena Espósito Valenti, madre de Lucio Dupuy, y a Abigaíl Páez, su pareja, por el crimen del niño de 5 años.

"De por vida"

La fiscal de la causa, Verónica Ferrero, aseguró que las asesinas "No tienen posibilidad de salir en libertad" y explicó que “esta prisión perpetua que acaban de disponer las jueces, conforme a lo que establece nuestra ley aplicable, es de por vida”.

Además, indicó que las condenadas no tienen la posiblidad de pedir libertad condicional “porque el artículo 14 del Código Penal establece que las personas que son condenadas por este tipo de delitos no pueden pedirla, sin importar el tiempo transcurrido”.

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"Esta prisión perpetua que acaban de disponer las jueces, conforme a lo que establece nuestra ley aplicable, es de por vida”, explicaron desde la fiscalía.

En declaraciones a la prensa reunida en el lugar, la representante de la fiscalía manifestó que la accesoria del artículo 12 “es una inhabilitación especial que establece el Código Penal respecto de la administración de bienes y demás que toda persona condenada más de tres prisión la pierde”.

Los delitos

Las acusadas no estuvieron presentes al momento de la lectura de la sentencia, y ya habían sido declarado culpables del homicidio del niño.

En la instancia de hoy, Páez y Espósito Valenti conocieron el monto de la pena. Por otro lado, el tribunal no hizo lugar al pedido de la familia de la víctima que había solicitado que se les aplique "el tiempo indeterminado" como accesoria a la prisión perpetua.

Espósito Valenti fue condenada por el delito de homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento; y Páez por el delito de homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento; en concurso real con el delito de abuso sexual con acceso carnal por vía anal, ejecutado con un objeto fálico, agravado por tratarse de la guardadora y por haberse cometido contra un menor de 18 años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente, como delito continuado, según entendió el tribunal.

La sentencia completa

Sentencia Lucio Dupuy. Imposición de pena.pdf

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