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IMPUESTO A LA RIQUEZA

La Justicia declaró "inconstitucional" la idea de Máximo K

La Justicia de Corrientes declaró inconstitucional el Impuesto a la Riqueza, una idea de Máximo Kirchner. Aseguran que es "confiscatorio". Pero la AFIP apelará.

La Justicia de Corrientes declaró inconstitucional el Impuesto a la Riqueza, ante el reclamo de un productor ganadero. Pero como es un fallo de primera instancia de un juzgado federal, la AFIP va a presentar pelea con una apelación ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal para revertir la derrota.

La medida impositiva, impulsada por Máximo Kirchner en el Congreso y Alberto Fernández en la Rosada en plena pandemia de coronavirus, fue considerada "confiscatoria" en el fallo de primera instancia.

El juzgado federal de Corrientes, que tiene al juez Gustavo del Corazón Fresneda como titular, cuestionó la aplicación del "Aporte Solidario y Extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia" (así se llamó al impuesto hecho ley por el Senado en diciembre) por violar "garantías y principios constitucionales".

Consideró que el Impuesto a la Riqueza se implementó como un tributo, no como un aporte. Y, además, iría en contra del derecho de propiedad, principio de no confiscatoriedad, principio de razonabilidad y principio de capacidad contributiva, todos ellos amparados en la letra de la Constitución Nacional.

El tribunal falló de este modo ante la presentación de un empresario ganadero, dueño de la Cabaña La Tilita (Doña Chica S.A.) y especializado en la cría de la raza Brangus.

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Máximo Kirchner fue impulsor del Impuesto a la Riqueza, que la Justicia correntina califica ahora de "inconstitucional", lo que la AFIP apelará.

Máximo Kirchner fue impulsor del Impuesto a la Riqueza, que la Justicia correntina califica ahora de "inconstitucional", lo que la AFIP apelará.

En sus fundamentos sobre el caso, el juez evaluó que la "alícuota efectiva" sobre la renta del ganadero en 2020 "sería de 118.658,78%", de acuerdo al fallo al que accedió el diario porteño 'La Nación'.

El Impuesto a la Riqueza provocaría una "manifiesta inadmisible absorción de la renta y el patrimonio, ya gravados por Ganancias y Bienes Personales, excediendo los límites razonables de imposición y resultado confiscatoria y violatoria del derecho a la propiedad a la luz de la doctrina emanada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación", continúa el fallo.

Por último, califica como "desmesurada" la carga del Aporte Extraordinario, ya que "restringiría de manera inadmisible" el patrimonio del empresario y "desnaturalizaría totalmente el derecho de propiedad del actor".

Proyecto kirchnerista

El Aporte Solidario y Extraordinario fue un proyecto que impulsó el kirchnerismo y que tuvo al diputado Máximo Kirchner como su principal impulsor. Fue aprobado el 4 de diciembre de 2020 en el Congreso, donde asistió una comitiva de funcionarios encabezada por Martín Guzmán.

El impuesto a la grandes fortunas, como se lo llamó en círculos oficialistas, alcanza a quienes tienen una riqueza declarada mayor a los $200 millones, con una alícuota del 2,0% y alícuotas incrementales desde los $300 millones. La alícuota máxima para quienes tienen más de $3.000 millones es de 3,5% para bienes locales y de 5,25% para los bienes fuera del país.

Los contribuyentes podían optar por pagar el 20% del impuesto al contado y el resto en cinco pagos mensuales y consecutivos.

La polémica

Antes de la sesión en el Senado que convirtió en ley el proyecto, el Impuesto a la Riqueza estuvo envuelto en la polémica ya que desde entonces se levantaron voces advirtiendo que podría encubrir un carácter confiscatorio.

Fue así que, apenas horas después de la aprobación en la Cámara alta, la oposición adelantó que el asunto terminaría definiéndose en la Justicia.

3 meses después de su sanción, el Aporte Solidario y Extraordinario recibió su primer revés en los tribunales. Tras la presentación de Alejandro Scannapieco, ejecutivo de la empresa Globant, la jueza Cecilia Gilardi Madariaga de Negre dio lugar a la cautelar y ordenó a la AFIP no concretar el cobro.

Scannapieco consideraba que el impuesto afectaba su derecho a la propiedad.

Pero fueron varios los casos de gente reconocida que se presentó en la Justicia para frenar el cobro. Del mismo modo, otros fallos respaldaron a la AFIP para seguir adelante con la medida.

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Fueron varios los casos de gente reconocida que se presentó en la Justicia para reclamar.

Fueron varios los casos de gente reconocida que se presentó en la Justicia para reclamar.

Fue el caso, entre otros, de Carlos Tevez, quien introdujo una cautelar en abril de 2021 por considerar "confiscatorio" el impuesto, pero el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 5 rechazó su presentación, en diciembre pasado.

Pero también el pasado 24 de agosto, la Cámara Federal de Mendoza falló a favor del empresario Rafael Manuel Nucete para que no pague el Impuesto a la Riqueza. La decisión, de segunda instancia, tuvo caracter parcial, ya que lo eximió de abonar el Aporte sobre sus bienes en el exterior y no alcanzó a aquellos existentes dentro de la Argentina.

"La inconstitucionalidad del impuesto a la riqueza debe analizarse en cada caso concreto de los contribuyentes y no corresponde declararse en forma abstracta", advirtió Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios.

En tanto, Lucas Guitérrez, del estudio Lisicki, Litvin & Asoc, resaltó la importancia del fallo: "pone un límite a la cada vez más irrazonable presión fiscal existente en el país, ratificando la plena vigencia de los principios tributarios que protegen a los contribuyentes frente al ejercicio abusivo del poder estatal, cualesquiera sean las circunstancias".

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