JUSTICIA

Rechazan una cautelar para suspender la ley de aborto legal

El juez de Salta Julio Leonardo Bavio, rechazó una medida cautelar contra de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo. El fallo desestimó por “improcedente” el planteo en base a jurisprudencia de la Corte Suprema de la Nación en el caso de la Ley de Medios.

El titular del Juzgado Federal Nº 1 de Salta, Julio Leonardo Bavio, rechazó una medida cautelar contra de la Ley Nº 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo. El fallo desestimó por “improcedente” el planteo en base a jurisprudencia de la Corte Suprema de la Nación en el caso de la Ley de Medios. 

La denuncia había sido iniciada en diciembre pasado y se dirigía en contra el Protocolo ILE del Ministerio de Salud y buscaba que se declare que "ser humano existe desde el momento de la concepción" y que "el niño no nacido tiene derecho intrínseco a la vida del que no puede ser privado".

Pero cuando se aprobó la ley en el Senado, los demandantes - entre los que se encuentra la ex senadora María Cristina Fiore Viñuales del Partido Renovador- ampliaron la denuncia y pidieron la suspensión de la norma por ser "inconstitucional".  La intención, además, era transformar este expediente en un proceso colectivo que absorba otras demandas.

Iniciaron cautelares para que la ley sea suspendida y otra para que cada vez que una mujer solicite un aborto se le deba informar "que se interrumpirá una vida una, exhibirle el grado de desarrollo anatomo-fisiológico (incluyendo ecografía y hacerle oír latidos del corazón), la descripción de la práctica, sus posibles efectos traumáticos e instituciones dónde puede recibir ayuda para proseguir con el embarazo".

Frente al planteo, el juez Bavio habilitó la feria judicial y rechazó la medida cautelar de suspender en forma general la Ley de IVE. Se basó en la jurisprudencia que dejó asentada la Corte Suprema de Justicia, con la causa de la Ley de Medios (caso “Thomas”) cuando un juez de Mendoza suspendió esa ley en todo el territorio nacional a pedido de un legislador.

La misión más delicada de la justicia es la de saber mantenerse dentro de la órbita de su jurisdicción, sin menoscabar las funciones que incumben a los demás poderes”, dijo en aquel momento la Corte y el juez Bavio citó expresamente esa frase para rechazar la presentación.

También recordó que en aquella oportunidad el planteo había sido hecho por un diputado “que no representa a la cámara legislativa que integra ni al pueblo de la Nación (lo que compete a la primera), por lo cual se arribaría, como se dijo, al irrazonable resultado de extender una medida judicial a sujetos que no sólo la no la han solicitado, sino que, incluso, podrían no compartirla”. En ese marco, el juez también recordó que, en aquella oportunidad, la Corte Suprema sostuvo que la gravedad debe demostrarse para que pueda dictarse la inconstitucionalidad de una ley o la suspensión de su aplicación.