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BOLETÍN OFICIAL

Es oficial el nombramiento de los jueces en la Corte y Ariel Lijo espera a la Cámara Federal

El Gobierno publicó en el Boletín Oficial el decreto que nombra a Lijo y a García-Mansilla en la Corte. El turno del senado y un pedido de licencia.

El polémico decreto que mira la Corte

El Decreto 137/2025, anticipado ayer por el Gobierno en un comunicado oficial por el cual se designó a Lijo y a García Mansilla en la Corte fue publicado en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei y el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona.

En el decreto, el Gobierno destacó que la Corte Suprema cuenta actualmente con solo 3 ministros, lo que complica su funcionamiento y la toma de decisiones, dado que se requieren al menos tres votos para resolver los casos.

Luego, argumenta que el Senado no trató los pliegos enviados en mayo de 2024 y que, tras el receso legislativo y la finalización del período de sesiones extraordinarias, donde el cuerpo no avanzó sobre los mismos, el Poder Ejecutivo decidió designarlos en comisión según las facultades que le otorga el artículo 99, inciso 19 de la Constitución Nacional.

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El artículo 1 del decreto indica claramente: “Nómbrase en comisión, en los términos del artículo 99, inciso 19 de la Constitución Nacional, al doctor Manuel José García-Mansilla en el cargo de juez de la Corte Suprema”.

Luego, el artículo 2 sigue: “Nómbrase en comisión, en los términos del artículo 99, inciso 19 de la Constitución Nacional, al doctor Ariel Oscar Lijo en el cargo de juez de la Corte Suprema”.

Para defender el decreto, el Gobierno fundamentó que en los siglos XIX y XX, la Argentina realizó más de 186 nombramientos en comisión de jueces federales de todas las instancias, incluyendo la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a través del Poder Ejecutivo Nacional.

“La práctica de que el Presidente haga ejercicio de la cláusula constitucional que lo habilita a realizar nombramientos de jueces federales en comisión para llenar vacantes de la Corte Suprema existe desde que fue sancionada la Constitución Nacional en el año 1853″, recordaron en el decreto.

Críticas al Senado

Acerca del rol del Senado, el Gobierno argumentó en el decreto que “el ejercicio por parte del Poder Ejecutivo de la facultad conferida por medio del artículo 99, inciso 19 de la Constitución Nacional, no se presenta como un mecanismo para eludir los requisitos legales y reglamentarios vigentes, sino que se fundamenta en la necesidad imperiosa de integrar el Máximo Tribunal luego de que hubieren transcurrido 9 meses sin que el Senado se hubiere pronunciado respecto de los pliegos de los candidatos para ocupar el cargo de jueces de la Corte Suprema”.

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Al Senado le toca ahora pronunciarse sobre el decreto de Milei que nombró a Lijo y a García-Mansilla en la Corte.

Al Senado le toca ahora pronunciarse sobre el decreto de Milei que nombró a Lijo y a García-Mansilla en la Corte.

Y recuerda que el Senado “aún no se ha pronunciado en sentido de aprobación o rechazo respecto de ninguno de los pliegos. En lugar de haber realizado un análisis serio y objetivo respecto de la idoneidad de los candidatos propuestos, el Senado ha optado reiteradamente por demorar su pronunciamiento en virtud de consideraciones motivadas por la conveniencia política. El silencio de la Cámara alta resulta injustificable, la ubica en falta frente a todo el pueblo argentino y pone en peligro el normal funcionamiento de la Corte Suprema”.

Pero aclara que “los nombramientos en comisión que se efectúan por medio del presente no obstan a la facultad constitucional del Senado de brindar acuerdo definitivo a los candidatos propuestos en el marco del procedimiento establecido en el artículo 99, inciso 4 de la Constitución, acuerdo que, una vez más, se insta por medio del presente para cubrir de forma permanente las vacantes que actualmente existen en la Corte Suprema”.

La licencia de Lijo

Con el decreto presidencial ya oficializado, ahora Ariel Lijo deberá tomar una decisión sobre su futuro. Ocurre que él está a cargo de dos juzgados de Comodoro Py y pretendía pedir una licencia extraordinaria que debe aprobar la Cámara Federal y, luego, la Corte que hoy integran Ricardo Lorenzetti (que se cree que apoyaría a Lijo) Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz (estos dos últimos se desconoce si avalarían el pedido de Lijo).

Lijo no querría perder su trabajo si el Senado rechaza su pliego después de que Milei lo nombró en la Corte en comisión ya que hay movimientos en la UCR y el kirchnerismo para convocar a una sesión y bloquear su designación, lo que es muy probable ya que Unión por la Patria cuenta con con 34 senadores y está a 3 de la mayoría del cuerpo.

Por lo pronto, la Cámara Federal porteña se reunirá este miércoles a las 11 en un plenario para analizar el pedido de licencia de Lijo. Se espera que la Cámara le otorgue la licencia ya que antes avaló al magistrado en otros pedidos.

Según la agencia Noticias Argentinas de fuentes judiciales, los camaristas pueden otorgarle la licencia a Lijo directamente o darle el aval pero elevar el pedido a la Corte Suprema.

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