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PARA LIBERAR A GENDARMERÍA

"Ejército a las fronteras" idea que elabora H.R. Larreta

El jefe de Gobierno porteño, afirmó que evalúa enviar el Ejército a las fronteras para "liberar a la Gendarmería". Qué fija a "Ley de Seguridad Interior"

El precandidato a presidente, Horacio Rodríguez Larreta, señaló que analiza la posibilidad de destinar al Ejército a las fronteras para liberar a la gendarmería. Miguel Ángel Pichetto acompaña la propuesta en estudio.

Lo dijo, el martes (18/07), durante una charla en la sede de la Unión de Trabajadores del Turismo, Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (UTHGRA).

Análisis con Pichetto

"Hay cosas que sí se pueden hacer. Por ejemplo, usar el Ejército. Estamos estudiándolo con Miguel Pichetto, el tema de que el Ejército pueda destinarse a la zona de fronteras y eso te permita liberar gendarmes para las zonas más calientes de la droga", explicó, al referirse a la idea que analiza con su candidato a diputado nacional en la provincia de Buenos Aires.

La agencia Noticias Argentinas refleja que para el postulante presidencial del PRO, "eso es inmediato" en caso de llegar al Poder Ejecutivo y decidir la implementación de esa medida.

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Gendarmería Nacional quedaría más "liberada" en sus tareas de defensa, con la asistencia del Ejército

Gendarmería Nacional quedaría más "liberada" en sus tareas de defensa, con la asistencia del Ejército

Ley de Seguridad Interior

Conforme la Ley de Seguridad Interior (24.059), el sistema de seguridad interior está compuesto por el Presidente de la Nación; los gobernadores de las provincias que adhieran a la presente ley; el Congreso Nacional; los ministros del Interior, de Defensa y de Justicia; la Policía Federal, la Policía de Seguridad Aeroportuaria y las policías provinciales de aquellas provincias que adhieran a la presente;

Es ilegal utilizar a las Fuerzas Armadas para combatir el crimen organizado, sino que están destinadas a proteger la soberanía del país y repeler cualquier acción militar externa.

En el artículo 31 se lee que "las fuerzas armadas serán empleadas en el restablecimiento de la seguridad interior dentro del territorio nacional, en aquellos casos excepcionales en que el sistema de seguridad interior descrito en esta ley resulte insuficiente a criterio del Presidente de la Nación para el cumplimiento de los objetivos establecidos en el artículo 2º".

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