Tres gendarmes imputados por violar sus deberes de funcionarios públicos al “truchar” un acta de control de tránsito, no podrán reparar el perjuicio con una multa legal, así lo dispuso el juez de la causa de la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba.
PROCESO JUDICIAL
Córdoba: Gendarmes imputados por 'truchar' firma en control
Tres gendarmes han sido imputados por presunta falsificación de una firma en un control vehicular y no podrán "zafar" con dinero.
Estos funcionarios de las fuerzas están acusados de falsificar la firma de un testigo de un control a un camión –de transporte de maíz– que presentaba irregularidades. Los camaristas Eduardo Ávalos y Abel Sánchez confirmaron el fallo de primera instancia, el cual había sido ordenado en noviembre del 2022 por el juez federal subrogante de San Francisco, Córdoba, Roque Rebak.
El hecho por el que fueron imputados los gendarmes Bladislao Ezequiel Robles, Jorge Oscar Orrego y Diego Samuel Fernando, en su calidad de funcionarios públicos del Escuadrón de Seguridad Vial Villa María de Gendarmería y la Afip, sucedió hace 10 años, más precisamente el 29 de mayo del 2013, en la intersección de las rutas provinciales Nº 1 y 7.
Supuestamente, los gendarmes realizaban controles sobre dos camiones que transportaban maíz. Al revisarlos, los tres gendarmes detectaron que la documentación exhibida por los choferes era más bien apócrifa, por lo que para cumplir con las exigencias legales solicitaron que se acercara una persona que pasaba en auto a modo de “testigo”.
La persona actuó como testigo del procedimiento porque los funcionarios detectaron ciertas irregularidades en los camiones. El ilícito radica, según la Fiscalía, que el testigo nunca descendió de su auto, que no observó a los camiones ni le explicaron de su carácter de testigo.
Es más, según el hombre no firmó ningún acta, lo que no condice con el acta circunstancial del procedimiento y el informe técnico automotor rellenado por los funcionario de Gendarmería.
¿Si no hubo testigos de las supuestas irregularidades en los camiones, qué pretendian cubrir? ¿o sólo efectuaron esa artimaña para agilizar su trabajo?
La Fiscalía comenzó la investigación formal en el 2017 e imputó a los tres gendarmes por incumplimiento en los deberes de funcionario público. Recién en el 2021, el juez los procesó sin prisión preventiva y ahora rechazó el pago de dinero en perjucio.
El juez sostuvo que a pesar de la operatividad de la aplicación de la normativa (la cual habilita la solución del conflicto a través de un acuerdo de reparación entre partes) al ser funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones no era aplicable en este caso.
De igual forma, el magistrado planteó que frente a lo esbozado de las partes por la inaplicabilidad del artículo 30 del Código Penal Federal –indemnización para reparación de daño y que no se puede prescindir ni total ni parcialmente del ejercicio de la acción penal si el imputado fuera funcionario público– ello forma criterio sobre el espíritu de la norma y sobre los límites de aplicación.
“Cabe advertir que, no obstante la plena operatividad del artículo 59 inciso 6, que permite la solución alternativa del conflicto, existen ciertos límites a su aplicación, tal el caso de que los hechos imputados tengan una implicancia mucho mayor que afecta un interés supraindividual y que no hacen mérito suficiente para una resolución rápida del conflicto”, aclaró Ávalos.
Al respecto, dijo que “en los delitos cometidos en contra de la administración pública se afectan bienes jurídicos supraindividuales, que son aquellos que tienen que ver con el funcionamiento mismo del sistema jurídico, contemplando ya no al individuo ni a un grupo de ellos, sino al Estado o la sociedad en su totalidad”.
En ese sentido, mencionó que la jurisprudencia sostiene que:
El camarista Sánchez Torres coincidió con Ávalos y resaltó que en el caso de los gendarmes debía tenerse presente su actuación ilegal, la defraudación de las expectativas sociales seguridad e integridad de los agentes y la afectación de bienes jurídicos colectivos.
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