Debut de Diego Santilli en la recepción de denuncias penales. Javier Milei y Monteoliva tienen más experiencia. El intrascendente Carlos Presti es un enigma. Pero, en verdad, todo es culpa de Federico Sturzenegger, un personaje que enfoca Karina Milei por la cantidad de sufragios que le restará a La Libertad Avanza en 2027.
ARGENTINA SIN PRÁCTICOS NI PILOTOS NI BAQUEANOS
1ra. denuncia penal a Diego Santilli (con Javier Milei): Colapso del comercio exterior
01/08/2026: En 72 horas la Argentina tendrá un problema importante en su comercio exterior. Además, una denuncia penal a Javier Milei, Diego Santilli y otros.
En concreto, los prácticos, pilotos y baqueanos fluviales de todo el país acordaron dejar de prestar servicios profesionales a bordo de cualquier buque argentino o extranjero que requiera sus servicios a partir de este domingo 01/08.
La salida de servicio de los profesionales de la navegación es por tiempo indeterminado, hasta que se proceda a la suspensión de la vigencia del decreto 690/26, que impone una exagerada regulación del servicio profesional y, al mismo tiempo, un relajamiento de elementales normas de Seguridad Náutica.
La Prefectura Naval Argentina advirtió de los problemas que ocasionaría el Decreto pero su observación fue quitada del expediente, aparentemente, por obra de 'las manos mágicas'.
Sturzenegger
Sturzenegger fue advertido del riesgo de boicot pero él se mantuvo en su idea de que hay demasiada burocracia y de que tiene que bajar los costos de la navegación (a expensas de los servicios profesionales de prácticos, pilotos y baqueanos fluviales).
Entonces, la norma impulsada por Federico Sturzenegger flexibiliza cuestiones relativas al tamaño de los buques a partir de los cuales es obligatorio contar con servicios de asesoramiento en ruta y maniobra (el trabajo de prácticos, pilotos y baqueanos fluviales) a capitanes argentinos o extranjeros.
También habilita a profesionales del mar al mando de buques de cualquier bandera a que puedan prescindir de los servicios de practicaje si acreditan, mediante una simple declaración jurada, que conocen la zona por la que han de navegar.
En ese contexto el lunes 03/08 se presentará una denuncia penal contra todos los firmantes del decreto 690/26 (Javier Milei, Diego Santilli, Alejandra Monteoliva y el general Carlos Presti) por violación al artículo 190 del Código Penal.
El 190
El mencionado artículo 190 del Código Penal de la Nación Argentina castiga los actos que ponen en peligro la seguridad de naves, construcciones flotantes o aeronaves, y establece penas según los daños o resultados producidos.
- Peligro simple: Prisión de 2 a 8 años para quien ponga en peligro la seguridad de una nave, construcción flotante o aeronave a sabiendas.
- Accidente: Prisión de 6 a 15 años si el hecho produce naufragio, varamiento o desastre aéreo.
- Lesiones: Prisión de 6 a 15 años si el hecho causa lesiones a alguna persona.
- Muerte: Prisión de 10 a 25 si el hecho ocasiona la muerte de alguna persona.
Las penas se aplican de la misma manera aunque la acción se haga sobre un objeto o nave propia, si del acto surge un peligro para la seguridad común.
La medida implica, en los hechos, la paralización total de todo el comercio exterior e interior de la Républica Argentina y constituye la respuesta del sector a la negativa por parte de Sturzenegger de entablar un dialogo sobre eventuales reformas al Reglamento Nacional de Practicaje y Pilotaje.
Sturzenegger, entre otros problemas que ocasiona, relaja al extremo las condiciones de seguridad en la que los prácticos deben embarcar o desembarcar de los buques en los que prestan servicios, habilitando a particulares con embarcaciones comerciales o deportivas a brindar el servicio de traslado de estos profesionales, que quedan obligados aceptarlos.
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