SANTA FE. El proceso de quiebra de la cooperativa láctea SanCor se encuentra actualmente en el centro de una profunda disputa en el ámbito judicial de la Provincia. Uno de los síndicos intervinientes en el concurso presentó una denuncia formal ante la Corte Suprema contra el titular del juzgado a cargo del expediente, el magistrado Marcelo Gelcich.
ESCÁNDALO LÁCTEO
Guerra judicial por SanCor: La quiebra sumó un capítulo de máxima tensión
El proceso de quiebra de SanCor se encuentra en medio de una disputa en el ámbito judicial de Santa Fe. Un síndico denunció al juez por "graves irregularidades"
La presentación judicial acusa al juez de incurrir en "graves irregularidades" en el manejo de la causa, señalando que habría estructurado un andamiaje procesal orientado a anular la capacidad de fiscalización de la sindicatura, monopolizar las determinaciones fundamentales y direccionar el destino de un patrimonio corporativo de un valor multimillonario.
La denuncia del síndico
La acusación cuestiona severamente las dinámicas administrativas aplicadas en el concurso preventivo y objeta de forma directa el establecimiento de una suerte de organigrama paralelo dentro del trámite judicial.
De acuerdo con lo expuesto en el documento, el juez Gelcich procedió al nombramiento directo y discrecional de la contadora Lucila Inés Prono para el rol de coadministradora, prescindiendo del sorteo de ley estipulado por las normativas procesales vigentes.
Si bien en un principio la incorporación de la profesional se justificó bajo la premisa de brindar apoyo técnico a la sindicatura —debido a los obstáculos existentes para relevar los datos contables e internos de la firma—, la parte denunciante asevera que la coadministradora terminó absorbiendo y ejecutando atribuciones que son de competencia exclusiva del cuerpo de síndicos.
A raíz de esta ingeniería interna, se habría producido un debilitamiento sistemático y una erosión de los mecanismos de auditoría asignados a los profesionales independientes.
El texto describe una fractura metodológica e ideológica en el seno de la sindicatura: por un lado, los contadores Juan Tomat y Oscar Epstein sostenían una línea de supervisión rigurosa y apegada estrictamente a los protocolos legales; por el otro, el tercer miembro del órgano de control, Ignacio Pacheco, habría optado por convalidar las directrices y procederes emanados de la propia sede judicial y de la coadministración designada a dedo.
Maniobras sospechosas
Dentro de las anomalías expuestas en la presentación, cobran especial relevancia diversas transacciones comerciales que presuntamente se pretendieron ejecutar sin las instancias obligatorias de compulsa de precios ni libre competencia.
En ese sentido, la denuncia resalta que, gracias a la férrea resistencia y a la intervención de la fracción independiente de la sindicatura, se logró recalcular y optimizar una de estas operaciones, obteniendo un beneficio superior en 635.000 dólares respecto de la propuesta original.
No obstante, el punto de mayor gravedad institucional gira en torno a la pérdida y aparente evaporación de un lote de 24.640 kilogramos de queso que contaban con la debida protección jurídica bajo la modalidad de warrants (garantías de depósito).
El síndico denunciante advierte que las divisas correspondientes a dicho stock de mercadería —cuyo valor económico se calcula en una base mínima de 209.440 dólares— jamás fueron depositadas en las cuentas oficiales del tribunal.
Lejos de promover una pesquisa exhaustiva para esclarecer el destino del cargamento, el juez interviniente habría desestimado las impugnaciones interpuestas por los fiscalizadores, homologado un convenio privado posterior entre las partes implicadas y aplicado medidas disciplinarias contra los propios profesionales que habían denunciado el faltante de los bienes.
Asimismo, la denuncia pormenoriza un cuadro de hostigamiento y presión constante orientado hacia los integrantes de la sindicatura que manifestaban objeciones a la línea del tribunal.
Según detalla el relato, el juzgado solía fijar plazos perentorios de imposible concreción material con el fin deliberado de configurar supuestos incumplimientos, aplicar penalidades e ir delegando y concentrando de manera progresiva esas tareas en la figura de la coadministradora.
Clima de hostigamiento institucional
En medio de este clima de conflictividad, el síndico Oscar Epstein optó por dimitir a su cargo, generándose una vacante que, de acuerdo con el escrito, el juzgado evitó cubrir mediante un nuevo sorteo público, apartándose una vez más de las reglas formales de designación.
Finalmente, la presentación impugna el relevamiento y las tasaciones asignadas a las diferentes plantas y unidades de producción de SanCor, argumentando que estos peritajes se elaboraron en tiempos inusualmente breves y con valores de mercado sensiblemente deprimidos, lo que importaría un perjuicio directo y un desfalco potencial para la masa de acreedores.
Ante este escenario, se peticionó formalmente al máximo tribunal de Santa Fe la apertura inmediata de una vía de investigación, el dictado de medidas cautelares de resguardo que devuelvan la autonomía a la sindicatura y la sustanciación de un sumario administrativo que determine la responsabilidad disciplinaria o funcional del juez Gelcich.
La quiebra de SanCor quedó en medio de una fuerte controversia judicial
La denuncia presentada ante la Corte Suprema de Santa Fe introduce un escenario de extrema gravedad institucional en uno de los concursos de acreedores más grandes e históricos de la industria láctea argentina. Lo que inicialmente se dirimía como una compleja reestructuración financiera de SanCor se ha transformado en un litigio de índole ético y procesal que pone bajo la lupa la transparencia del Poder Judicial santafesino.
La acusación de haber desplazado la fiscalización obligatoria de una sindicatura independiente mediante una coadministración designada de forma directa, sumada a las sospechas por la desaparición de activos físicos bajo custodia y la falta de subastas o concursos transparentes, configura una situación que excede lo meramente técnico.
De comprobarse estas afirmaciones, no solo se verían seriamente afectados los derechos de los trabajadores y acreedores de la cooperativa, sino que se sentaría un peligroso precedente sobre la discrecionalidad y el control de los magistrados en los procesos de insolvencia corporativa, obligando a la Corte provincial a intervenir con la máxima severidad para garantizar la seguridad jurídica del proceso.
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