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CURSO LEGAL AL DÓLAR

Bimonetarización en marcha: Empezó con US$100 mil inmobiliarios y aéreos, ¿qué sigue?

La Casa Rosada ha dado un paso más hacia la bimonetarización de la economía argentina. A partir de este viernes 24 de enero, las agencias de viajes quedaron habilitadas para cobrar los boletos de Aerolíneas Argentinas y Latam en moneda extranjera. Esto es para evitar el impuesto PAIS. Sin dudas, dicho gravamen apunta a evitar corridas cambiarias y proteger las reservas del Banco Central pero también fue el puntapié inicial para la circulación legal del dólar.

La legalización de la bimonetarización en la Argentina ya es un hecho. Poco a poco, la Casa Rosada está habilitando a cada sector a operar en dólares de manera legal para evitar la percepción del 30% PAIS.

El beneficio es simplemente una excusa para incitar a que ahorristas comiencen a quitar sus dólares del colchón para el consumo de bienes y servicios.

Luego de la aprobación de la ley de emergencia económica, se habilitó a la compra de hasta US$100 mil para una operación inmobiliaria sin el 30% adicional.

Ahora, a partir de este vienes 24/01, las agencias de viajes quedaron habilitadas a cobrar en dólares los pasajes aéreos de Aerolíneas Argentinas y Latam a quien lo desee para evitar el cobro del 30%.

Esto tiene que ver con una disposición de la ley 27.541 de emergencia económica que establece que no se aplica el impuesto cuando el pago de las operaciones se realiza con moneda extranjera utilizando la que se tuviera en existencia.

Ya en septiembre de 2019, el economista Samuel 'Lito' Muzykanski había advertido a Urgente24 que era necesario un cambio en la política monetaria para terminar con el fenómeno inflacionario que sufren los argentinos, "porque los agregados financieros en el peso del que se huye son considerados técnicamente peligrosos y susceptibles de ser reprimidos y encarecidos por políticas monetarias restrictivas, de tal modo son negativos para el crecimiento".
 
La propuesta de Muzykanski es la de legalizar la bimonetización que existe: "Ofrecer una normativa para el curso legal del dólar", escribe el economista, en un contexto en el que el mercado de capitales es bimonetario: hay diversos mercados dolarizados (por ejemplo, los commodities y la energía) y también lo está el ahorro de la población. A través de esta normativa, se deberían brindar "garantías para movilizar las reservas locales privadas de atesoramiento hacia el sistema económico".

El objetivo: reintegrar al circuito monetario los dólares que poseen las personas físicas y jurídicas, "los llamados dólares del colchón". Este monto, dice el economista, cuadriplica las reservas del Banco Central. Además, "las reservas bancarias en Letras y Bonos del BCRA deben consolidarse en dólares en canje por Letras del BCRA vos a vos con el endeudamiento de este con el Tesoro, de común acuerdo con las entidades financieras, para así volverse este flujo, finalmente hacia la actividad productiva".

El autor del documento descarta la discusión ideológica alrededor del peso como una moneda "soberana" cuando esta no contribuye al desarrollo, sino que lo impide. Esta crítica "no vale hoy frente a lo que está en juego". Según el autor, los beneficios de una reforma monetaria que permita la transacción dolarizada contribuiría a superar "las faltas en los niveles y perspectivas del consumo, la inversión, la producción y el comercio exterior" y a "eliminar las desigualdades estructurales cristalizadas porque no hay moneda fuerte"

En concreto, Samuel Muzykanski propone la discusión de dos leyes en el congreso: la “Ley del Régimen de Libertad Bimonetaria” y la “Ley de la Reforma Monetaria, Cambiaria y Fiscal”, basadas en los siguientes instrumentos:

> La fijación de dos monedas de curso legal: el peso y el dólar.

> Un blanqueo extraordinario de los dólares de tenencia privada no declarada, en función del monto de gasto habitual de personas humanas y jurídicas.

> Levantamiento de las restricciones en la emisión monetaria y en fijación de la tasa de interés de las Letras de liquidez.

> Mantenimiento del tipo de cambio flotante y de la libertad en el Mercado de dinero. 

> Hacer una revisión técnica fiscal de la rebaja de impuestos en IVA alimentos, Ganancias de asalariados e impuesto al cheque y demás impuestos de emergencia.

> Reformar las penalidades cambiarias, anulando las sanciones no vinculadas con el comercio exterior.

> Adecuar las reglas del movimiento internacional de capitales a la libertad bimonetaria.

> Anular las restricciones de la Ley de Convertibilidad 23.928 y actualizarla.

> Libertad de los acuerdos y contratos, privados o públicos, bimonetarios o en dólares. 

> Adecuación de todas las disposiciones de pagos, financieras y monetarias, contenidas en el Código Civil y Comercial de la Nación.

> Implementar nuevas políticas sectoriales y regionales, como regionalizar el Banco Central. 

> Levantar las restricciones a la transacción y liquidación de todos los instrumentos crediticios en dólares.

> Autorizar a las entidades de Seguros a emitir pólizas sobre riesgos financieros.

> Permitir al sector bancario participar en el mercado de hipotecas UVA.

> Estructurar y consolidar las Letras del Tesoro del BC, emitiendo Bonos a 30 años "para el rescate de las Leliqs".

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