La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió este martes (05/07), por unanimidad, que el juzgado que interviene en la sucesión de Diego Armando Maradona deberá resolver también un planteo de su ex mujer, Claudia Villafañe, con relación a la serie “Maradona, sueño bendito”, de Amazon Prime.
COMPETENCIA
Serie 'Maradona, sueño bendito': Fallo de la Corte
La Corte Suprema dictaminó en una causa por competencia de juzgado, tras un pedido de Claudia Villafañe por la serie 'Maradona, sueño bendito' de Amazon.
El 3 de abril de 2019, Villafañe inició una acción solicitando a BTF Media S.A., BTF Media LLC, Amazon Prime Video y Maradona que exhiban y entreguen copia del contrato de cesión de derechos y la totalidad de los libretos de la serie -que en ese momento se estaba filmando-, denominada “Maradona, sueño bendito”.
Dicha solicitud, dijo, era preparatoria de una acción preventiva y, subsidiariamente, de una acción de reparación de "daños y perjuicios" que iba a estar dirigida, entre otros, contra su ex marido. Maradona falleció el 25 de noviembre de 2020, durante el trámite de la causa.
A raíz de ello, el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 61 y el Juzgado en lo Civil y Comercial N° 20 de La Plata, discreparon sobre cuál debía entender en la acción de Claudia Villafañe.
El primero se declaró incompetente y ordenó el envío de las actuaciones al juzgado provincial a cargo de la sucesión de Maradona. Consideró que el astro era sujeto pasivo de las actuaciones, y destacó la existencia de obligaciones contractuales resultantes de un convenio de cesión de derechos de imagen y la eventual intervención que le podrían caber a los herederos y/o al administrador designado en la sucesión.
Por su parte, el juzgado platense rechazó la causa por entender que no estaban establecidos los destinatarios de la eventual acción por daños y perjuicios que Claudia Villafañe iba a presentar.
En su dictamen, el procurador entendió que resulta operativo el fuero de atracción del juicio universal. Dicho en otros términos: que los juicios preexistentes al fallecimiento de Diego Maradona y en trámite, debían aglutinarse en el juzgado que interviene en el juicio sucesorio.
En coincidencia, la Corte, por unanimidad, resolvió que el Juzgado en lo Civil y Comercial N° 20 del Departamento Judicial de La Plata intervenga en el caso.
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