Tras la polémica que se suscitó por las críticas de Cristina Fernández al aumento en las prepagas, este jueves (10/11) el Gobierno nacional estableció por decreto la una nueva fórmula de actualización de las cuotas y se espera que en febrero haya un nuevo aumento.
POR DECRETO
Prepagas: Nuevo cálculo de las cuotas y aumento en febrero
El Gobierno nacional estipuló por decreto la nueva fórmula de actualización de las cuotas de las prepagas para usuarios de ingresos medios y habrá otro aumento en febrero de 2023.
Evolución salarial
Las cuotas de la medicina prepaga tendrán incrementos de acuerdo con la evolución salarial y comenzarán a aplicarse desde el mes próximo y a partir de febrero, durante 18 meses.
Así quedó establecido a través del decreto 743/2022, publicado este jueves en el Boletín Oficial.
Se determinó que el incremento del valor de las cuotas de las prepagas no podrá superar el 90% del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) para aquellos usuarios que tengan ingresos netos mensuales equivalentes a seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil, lo que en la actualidad totaliza $ 347.400.
Además, se dispuso que las prepagas deberán ofrecer en forma obligatoria a sus usuarios y usuarias, a partir del 1° de enero de 2023, "idénticos planes de cobertura al que posean en la actualidad sin copagos, con la inclusión de copagos sobre las prestaciones de primer y segundo nivel, a un precio de, como mínimo, un 25% menor al plan sin copagos".
Niveles
El primer nivel comprende a los servicios de atención ambulatoria que se dedican a la atención, prevención y promoción.
El segundo nivel abarca a las instituciones con especialización en servicios básicos (Clínica Médica, Pediatría, Cirugía General, Guardia y Maternidad), además de la infraestructura necesaria para realizar exámenes complementarios y diagnósticos básicos.
“Inercia inflacionaria”
En los considerandos, el decreto señala que "resulta necesario establecer criterios normativos que regulen las actividades económicas llevadas a cabo dentro del ámbito de la medicina privada, toda vez que, si bien se establecen como relaciones entre privados, por sus características específicas, su debida prestación es considerada un derecho de los consumidores".
Asimismo, destaca que "es obligación del Estado implementar políticas que desalienten la inercia inflacionaria que afecta el normal desarrollo de las actividades de las empresas y los ciudadanos y las ciudadanas, especialmente a los sectores del trabajo y la producción que se intentan proteger".
Al respecto, por un lado señala que "debe atenderse que el acceso a la salud tenga una razonabilidad económica para quienes opten por una cobertura privada por su capacidad de pago", pero también que "resulta necesario establecer un mecanismo de actualización que permita a las Empresas de Medicina Prepaga reguladas por la Ley 26.682 afrontar los mayores costos de los insumos y recursos de forma tal que mantengan el giro comercial, sin afectar su desenvolvimiento".
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