Con la promesa de tener "más libertad", el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, anticipó que esta semana el Gobierno reglamentará la nueva reforma laboral.
"MÁS LIBERTAD"
Nueva reglamentación de la reforma laboral: Cuáles son los puntos centrales
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, anticipó que esta semana se reglamentará la nueva reforma laboral.
"Quien está liderando este esfuerzo es el secretario de Trabajo, Julio Cordero, en colaboración con el Banco Central, la AFIP, la ANSES y otras áreas”, explicó Sturzenegger en una entrevista televisiva.
Y agregó: "Lo que toca mi tarea, y la visión del presidente Javier Milei, es que los argentinos necesitan es más libertad. Esa es la línea de lo que hacemos", señaló.
Los puntos más importantes de la nueva reforma laboral
Sobre los puntos más importantes de la reglamentación, el ministro hizo énfasis en el Fondo de Cese Laboral, y en ese sentido explicó: “Hay un capítulo que me gustaría destacar, porque es importante, relativo al Fondo de Cese Laboral. Las relaciones laborales en la Argentina tienen una carga muy pesada, especialmente en términos de incertidumbre y costos asociados al proceso de indemnización y despido. Esto aumenta considerablemente el costo laboral para las pymes y otras empresas”.
En ese sentido, resaltó la importancia de la medida y detalló el caso de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (Uocra): "Hay industrias que encontraron soluciones a este problema. Un ejemplo paradigmático es el de la UOCRA, que estableció un régimen laboral particular, en el que los trabajadores, tras finalizar una obra, deben trasladarse a otro proyecto. Ellos crearon un sistema que permite gestionar esta rotación, armonizando los intereses empresariales con los sindicales y que resultó eficaz por las características de esa industria".
“La idea es que la reglamentación permita poner en marcha este sistema, sin que haya resistencia ni por parte de los empresarios ni de los sindicatos. Ambos se benefician y el único factor que pierde es la industria del juicio, que suele absorber muchos recursos”, remarcó.
En ese orden, los puntos centrales de la nueva reforma laboral son:
Fondo de Cese Laboral por negociación colectiva: Es decir, sujeto a decisión paritaria de cada sector o empresa; creación de un fondo o sistema de cese laboral que sustituya la indemnización por antigüedad (art. 245 LCT); se deberá ajustar a los parámetros que disponga el Poder Ejecutivo Nacional Se permite que los empleadores optar por contratar un sistema privado a su costo. Las empresas, también, podrán auto asegurarse.
En el análisis de Sturzenegger, este nuevo esquema de indemnizaciones "permitirá a los empleados y empleadores llegar a acuerdos más beneficiosos que los actuales bajo la Ley de Contrato de Trabajo”. De todos modos, aclaró que "no será obligatorio"; es decir, que si el sistema propuesto no resulta mejor para las empresas o los trabajadores "pueden optar por no adoptarlo".
Indemnización especial por despido discriminatorio: Incremento entre un 50 y 100% de la indemnización por antigüedad en el supuesto que se acredite discriminación alguna. Al establecerse una indemnización especial por discriminación se elimina el criterio de la Justicia de declarar nulo el despido y obligar a la reinstalación en el puesto de trabajo del supuesto trabajador discriminado.
Período de prueba: El periodo de prueba será de 6 meses, pero sube a 8 meses para empresas de seis a 100 trabajadores y 1 año para empresas hasta cinco trabajadores. La extinción del contrato durante el período de prueba exime del pago del preaviso, la integración del mes de preaviso y la indemnización por antigüedad.
Definición de relación de dependencia: Se excluye expresamente de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT ) los Contratos de obra, de servicios, de agencia que quedan regulados por el Código Civil y Comercial de la Nación, acreditada la relación formal de alguno de estas figuras de contratación, se intenta limitar la presunción de relación de dependencia, quedando sujeto a la prueba a rendirse ante cada caso.
Regularización de trabajadores no registrados o mal registrados: Los empleadores tendrán los siguientes beneficios: Extinción de la acción penal (Ley Penal Tributaria); condonación de infracciones, multas y sanciones; baja en el Registro de Sanciones Laborales (REPSAL); condonación de deudas por capital e intereses (sujeta a reglamentación, pero nunca podrá ser inferior al 70% y contemplar beneficios especiales para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas).
Por otro lado, los trabajadores que queden regularizados por sus empleadores tendrán derecho a computar hasta 60 meses de aportes previsionales, aunque hayan trabajado más años de manera informal, y esos hasta 5 años no serán considerados para el cálculo del haber inicial de la jubilación.
Justa causa de despido: Podrá ser considerado como justa causa de despido: la participación en bloqueos o tomas de establecimientos; cuando por la participación en huelga se afecte la libertad de trabajo de quienes no participan en dicha medida de fuerza, se impida u obstruya el ingreso de personas o cosas al establecimiento o se ocasionen daños en personas o cosas de la empresa o terceros.
Trabajadores independientes con colaboradores: Se establece que un trabajador autónomo o monotributista podrá valerse de hasta 3 trabajadores también como monotributistas, acogiéndose a un régimen que reglamentará el PEN, no existiendo relación de dependencia entre el Contratante y estos colaboradores.








