El sindicato de petroleros anunció un paro general por tiempo indeterminado desde este 01/08 y anticipa que uno de sus efectos será "incovenientes" en la provisión de combustibles en todos los ámbitos.
POR TIEMPO INDETERMINADO
Petroleros van al paro y habrá inconvenientes con la provisión de combustibles
La medida de la FaSiPeGyBio es una respuesta a la restitución del impuesto a las Ganancias y su afectación a determinados trabajadores de ese gremio.
La medida de la Federación Argentina Sindical del Petróleo, Gas y Biocombustibles (FaSiPeGyBio) es una respuesta a la restitución del impuesto a las Ganancias y la no excepción para trabajadores en los pozos de extracción.
De acuerdo al portal Infogremiales, la organización sindical también presentó una medida cautelar para frenar la reposición del Impuesto a las Ganancias a los operarios petroleros que no se desempeñan en Vaca Muerta.
"La provisión de combustible presentará inconvenientes tanto para todas las estaciones de servicio como para los aeropuertos, afectando a Aeroparque y Ezeiza primeramente", cita el comunicado del gremio que encabeza Mario Lavia.
Además sostienen que "el avasallamiento a los trabajadores petroleros, perjudicados directamente por esta medida impositiva de la Ley 26.176, discrimina a nuestros representados castigando el poder adquisitivo, el empleo de calidad y el pleno desarrollo de una actividad como es la del sector energético, estratégica para el progreso económico del país".
El conflicto se desató el lunes pasado, con la publicación del Decreto 652/2024 que reglamentó el artículo 82 de Ley N° 27.743 conocida como "paquete fiscal".
En ese apartado 82 se define cuál es el personal petrolero que queda alcanzado por el beneficio plasmado en la Ley N° 26.176. "En esta oportunidad se hace necesario dar precisiones respecto del alcance de la expresión “personal de pozo”", indicó la norma.
Los 22.000 afiliados que reportan a Lavia en la Federación, son fundamentales en las operaciones de las 8 refinerías del país y en la provisión de combustibles para la Argentina.
Según lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley N° 27.743, el "personal de pozo" incluye a aquellos que realizan actividades esenciales como la exploración petrolífera o gasífera, tareas en boca de pozo, perforación, terminación, mantenimiento, reparación, intervención, producción, servicios de operaciones especiales y servicios de ecología y medioambiente.
Asimismo, se reconoce como "personal de pozo" de Vaca Muerta a los trabajadores que, aunque no se encuentren directamente en los pozos, desarrollan labores indisolubles a estas actividades, como la operación y mantenimiento de instalaciones necesarias para la producción de hidrocarburos.
La excepción contenida en el segundo párrafo del mencionado artículo 82 excluye a personal directivo, ejecutivo y gerencial, asegurando que el beneficio se dirija específicamente a los operarios.
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