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FALLO

La justicia frenó el 'botón' de desafiliación sindical que implementó ARCA

Una jueza laboral dictó una medida cautelar que suspende una herramienta digital para la desafiliación directa de los trabajadores de la exAFIP.

La justicia del fuero laboral ordenó este martes a la ARCA (ExAFIP) que suspenda el 'botón' digital que estableció para la desafiliación sindical de sus trabajadores. El Juzgado de 1ra Instancia N°17 hizo lugar a una medida cautelar solicitada por la Asociación de Empleados Fiscales e Ingresos Públicos (AEFIP). De acuerdo a un comunicado del sindicato, la orden implica suspender el acceso digital incluido en el Sistema de Administración de Recursos Humanos (SARHA) mediante el que se podía gestionar de modo automático la afiliación y desafiliación gremial.

Según cita Infogremiales, el juzgado, a cargo de Liliana Rodríguez Fernández, entendió que el Ejecutivo está interfiriendo "en un vínculo estatutario e intrasindical que le es ajeno y del cual se encuentra marginado por imperio constitucional y legal".

El juzgado argumenta que "carecería de toda razonabilidad que el empleador asumiera para sí, y por su unilateral decisión, el acto formal de la inscripción (y eventualmente la renuncia o la desafiliación) del trabajador a cualquier entidad civil, gremio, asociación, cooperativa o club".

"La entidad gremial es la que tiene la facultad – y por tanto el derecho – de afiliar o de desafiliar a los trabajadores que pueda agrupar, en las condiciones previstas por las normas vigentes y por su propio estatuto", agrega.

La acción judicial se presentó contra la decisión de ARCA de incorporar una herramienta digital en su página web de recursos humanos para la desafiliación directa de los trabajadores del organismo de los sindicatos AEFIP y SUPARA (Sindicato Único del Personal Aduanero) y UPSAFIP (Unión del Personal Superior de la ex AFIP).

En su comunicado, la AEFIP calificó esa medida como un "accionar desleal, autoritario y prepotente de la patronal" y recordó que condujo a una presentación judicial el 12/05, que la justicia lugar hizo a lugar este martes.

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El fallo establece suspender "para todos los trabajadores el acceso digital a los sitios (o solapas, o funciones) de su Sistema de Administración de Recursos Humanos (SARHA) en los que se gestiona de modo automático la afiliación y la desafiliación gremial".

De acuerdo a Mundo Gremial, la jueza Rodríguez Fernández validó los fundamentos de la organización sindical y señaló el sistema diseñado por el Gobierno, a través del organismo de recaudación, "no tiende tan solo a facilitar al trabajador la comunicación de descuentos que pretende o no pretende hacer o aceptar, sino antes bien a sustituir una competencia propia" del sindicato.

"Existen elementos suficientes para disponer de modo cautelar que la demandada suspenda para todos sus trabajadores el acceso digital a los sitios (o solapas, o funciones) de su Sistema de Administración de Recursos Humanos (SARHA) en los que se gestiona la afiliación y la desafiliación gremial", concluyó la magistrada en favor de la AEFIP.

"La afiliación sindical es un derecho personal y voluntario del trabajador, que se ejerce directamente con la organización sindical. La patronal no tiene competencia legal para administrar, procesar ni gestionar decisiones de afiliación o desafiliación. Su único rol, en este sentido, es aplicar los descuentos que correspondan, una vez que el sindicato la notifique formalmente", añadió el fallo.

"La Constitución Nacional (art. 14 bis), la Ley de Asociaciones Sindicales N.º 23.551, y los Convenios 87 y 98 de la OIT, protegen la libertad sindical y prohíben cualquier interferencia por parte del empleador en la organización y afiliación de los trabajadores. Asimismo, advertimos que el tratamiento de datos personales sensibles, como la pertenencia a una organización sindical, está protegido por la Ley 25.326, que exige el consentimiento informado y limita su uso estrictamente a quien tenga competencia legítima", agregó.

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