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GIRO EN LA CAUSA

Juan Darthés busca descancelarse: Burlando rompe el silencio

Tras múltiples especulaciones sobre si Juan Darthés tenía intenciones de reivindicarse, su abogado Fernando Burlando se pronunció al respecto.

Varias versiones circularon sobre una posible vuelta de Juan Darthés al país, pero su abogado, Fernando Burlando, aclaró cómo seguirá la vida del actor que hace 5 años se refugió en Brasil tras la denuncia de Thelma Fardín, que lo acusó de haberla abusado sexualmente cuando tenía 16 años.

Al mismo tiempo, el letrado del actor revelo que tiene intenciones de grabar un video "para agradecer el apoyo de la gente" en una estrategia de reivindicación tras todo un proceso sumamente mediático, que incluso había despertando el interés de otras 3 víctimas que también relataron hechos similares, entre ellas Calu Rivero.

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El abogado también hizo alusión a la absolución que recibió en Brasil, luego de que Thelma destacara que absolución no es sinónimo de inocencia:

A mí, personalmente Juan me dijo que quería hacer un video agradeciéndole a la gente que lo apoyó durante este tiempo. Sí tenía necesidad de que se aclare cuál es el contenido de la sentencia y de la nueva sentencia aclaratoria que hubo. Me dijo 'los medios no le dieron importancia al nuevo fallo de la Justicia' A mí, personalmente Juan me dijo que quería hacer un video agradeciéndole a la gente que lo apoyó durante este tiempo. Sí tenía necesidad de que se aclare cuál es el contenido de la sentencia y de la nueva sentencia aclaratoria que hubo. Me dijo 'los medios no le dieron importancia al nuevo fallo de la Justicia'

Burlando: “No creo que vuelva a la Argentina”

El defensor de Darthés también destacó que tienen intenciones de iniciar acciones legales contra quienes opinaron sobre la causa condenando con sus palabras al actor:

Entre otras cosas, la vocera presidencial dijo cosas que no son ciertas... no se explica por qué hablan sin conocer y sin saber los contenidos de las resoluciones judiciales, siendo, ni más ni menos, funcionarios públicos. Diciendo como que había habido abusos, y hablaba de prescripción... jamás habló del fallo de prescripción Entre otras cosas, la vocera presidencial dijo cosas que no son ciertas... no se explica por qué hablan sin conocer y sin saber los contenidos de las resoluciones judiciales, siendo, ni más ni menos, funcionarios públicos. Diciendo como que había habido abusos, y hablaba de prescripción... jamás habló del fallo de prescripción

Por último, el abogado dijo en Intrusos dejó en claro que su cliente no regresaría a territorio argentino, y destacó la "tranquilidad" que maneja anímicamente:

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Es cierto, hoy lo embarga la felicidad y la tranquilidad. Nadie que tenga un proceso judicial, de cualquier índole, realmente la pasa bien, esa es una realidad. Ahora, yo no creo que Juan vuelva a la Argentina, ni me atrevería a preguntárselo, porque está manejando otras cosas en su cabeza Es cierto, hoy lo embarga la felicidad y la tranquilidad. Nadie que tenga un proceso judicial, de cualquier índole, realmente la pasa bien, esa es una realidad. Ahora, yo no creo que Juan vuelva a la Argentina, ni me atrevería a preguntárselo, porque está manejando otras cosas en su cabeza

Thelma Fardín contraataca y apunta nuevamente a Darthés

Lo cierto es que Thelma no bajará los brazos. En la nueva presentación fiscal se aseguró que al haber introducido sus dedos en al vagina de la actriz y haberle hecho sexo oral, el encuadre jurídico es el de estupro o atentado violento al pudor, el cual tiene una pena de 4 a 10 años de prisión.

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Ese delito prescribe a los 16 años con lo cual la acción penal se encontraría vigente, a eso apunta la presentación fiscal. En su fallo, el juez expuso lo siguiente:

A la vista de todo lo expuesto, se concluye que existe duda sobre la ocurrencia o no de la conjunción carnal, esencial para la configuración del delito descrito en el art. 213 del Código Penal, con redacción dada en la época de los hechos, según se describe en la denuncia. Y la duda, en este caso, se resuelve a favor del imputado, siendo la absolución la medida que se impone A la vista de todo lo expuesto, se concluye que existe duda sobre la ocurrencia o no de la conjunción carnal, esencial para la configuración del delito descrito en el art. 213 del Código Penal, con redacción dada en la época de los hechos, según se describe en la denuncia. Y la duda, en este caso, se resuelve a favor del imputado, siendo la absolución la medida que se impone

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