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ELECCIONES 2021

¿Cómo renunciar a ser presidente de mesa?

Ser presidente de mesa es una "carga pública irrenunciable", por lo que es obligatorio. Te contamos cómo (y cuándo) se puede renunciar a esta obligación.

Las autoridades de mesa son elegidas de manera aleatoria por la Justicia Electoral para cumplir dicha función el día de las elecciones 2021. Pero, ¿pueden hacer caso omiso a la designación de presidente de mesa y vocal? Y si es así, ¿cómo se renuncia a esta tarea que es una obligación legal?

Según informa la Cámara Nacional Electoral, se admite con carácter "restrictivo" la posibilidad de excusarse de ejercer como autoridad de mesa por "razones de enfermedad" o de "fuerza mayor debidamente justificadas".

Pero esa "excusación" tiene que formularse, además, dentro de los 3 días de recibida la notificación de designación.

Pasado ese lapso solo se admite la excusación por "causas ocurridas con posterioridad" las que, llegado el caso, serán considerada de manera especial por la Justicia nacional electoral.

Cabe destacar que el presidente de mesa es la máxima autoridad de la mesa y puede ser reemplazado y asistido únicamente por el vicepresidente (vocal); ellos son los únicos que pueden manipular el material electoral y tomar decisiones en la mesa de votación.

Causales de excepción

La justificación "por enfermedad" es válida con un certificado que haya sido emitido por "médicos de sanidad nacional, provincial o municipal", en ese orden.

En caso de tener covid-19 o estar aislado, ya es justificativo para no presentarse. Y, en ese caso, podrán presentar el certificado de alta, una vez concluido el ciclo de la enfermedad como justificación.

Otra causal de excepción es desempeñar "funciones de organización y/o dirección de un partido político o ser candidato", lo cual se acredita mediante certificación de las autoridades del respectivo partido.

Cabe destacar que en caso de faltar a la mesa de votación o abandonarla se constituye "un delito electoral", con una pena que va de 6 meses a 2 años de prisión.

En tanto, las personas designadas como autoridades de mesa pueden ser buscadas en su domicilio "con auxilio de la fuerza pública" y trasladadas al establecimiento de votación para que "cumpla con la carga pública".

Requisitos para ser autoridad de mesa

Para ser autoridad de mesa se requiere en primer lugar estar habilitado para votar. Se debe tener entre 18 y 70 años de edad; residir en la "sección electoral" donde deba desempeñarse; estar inscripto/a en el padrón electoral y no estar afiliado/a ningún partido político.

También es posible postularse para el cargo accediendo a la página web de la Cámara Nacional Electoral.

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FUENTE: Urgente24

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