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CIDH y OEA: Maduro acumula presión internacional por la detención del gendarme

La CIDH dictó medidas cautelares en beneficio de Nahuel Gallo mientras que la OEA calificó la detención como un "crimen de lesa humanidad".

La dictadura de Nicolás Maduro en Venezuela acumula presión internacional a partir de la detención del gendarme argentino Nahuel Agustín Gallo, quien fue apresado cuando ingresó al país caribeño bajo acusaciones de "terrorismo".

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Organización de Estados Americanos (OEA) se expresaron sobre la arbitrariedad de la detención de Gallo y reclamaron por el respeto a sus garantías.

“Nosotros como gobierno argentino, y siendo un miembro de la Gendarmería, más allá de que viajó como un ciudadano común a visitar a su familia, no aceptamos absolutamente ningún juego de una aparición de una foto donde Gallo se ve en un lugar desconocido caminando, sin sonido, sin fecha, sin absolutamente nada”, dijo este viernes en declaraciones a Radio Mitre la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich.

OEA

La OEA emitió un comunicado en el que "repudia y condena" la detención de Gallo, a la que calificó como "un crimen de lesa humanidad".

"La detención arbitraria de Gallo es una clara violación de normas internacionales y de los principios fundamentales de humanidad y justicia que todos los Estados deben respetar. La incomunicación y la negación de asistencia consular y legal representan una violación directa de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares. Estos hechos son una prueba más de la violación sistemática de los derechos humanos fundamentales por parte del régimen venezolano", dice el texto.

La Secretaría General del organismo internacional, cuyo titular es Luis Almagro, exigió que Venezuela "cumpla con los tratados y acuerdos internacionales sobre derechos humanos y relaciones internacionales; que certifique y garantice su seguridad física; que provea garantías de asistencia legal y contacto con su familia; y que libere inmediatamente a Nahuel Gallo".

OEA-COMUNICADO.jpg

CIDH

Por su parte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con sede en Washington, otorgó este viernes medidas cautelares en beneficio de Nahuel Agustín Gallo tras considerar que se encuentra en "una situación de gravedad y urgencia toda vez que sus derechos a la vida e integridad personal enfrentan un riesgo de daño irreparable" bajo la dictadura de Nicolás Maduro.

Mediante esa resolución, la CIDH solicita al régimen bolivariano a que, entre otros puntos, permita la comunicación de Gallo con su familia y representantes legales, con acceso al expediente judicial ("de existir", aclara) por el que se encuentra detenido,

En una comunicado publicado en su sitio web, la CIDH remarca que "desde el día de su detención (el 08/12 último), se desconoce el paradero" de Gallo y solicita que el Estado venezolano informe las circunstancias de su detención y si fue presentado ante un tribunal de justicia.

Según la dictadura de Maduro, el gendarme fue detenido bajo una investigación por una presunta "vinculación" con actividades "desestabilizadoras y terroristas". Gallo ingresó a Venezuela vía Colombia para encontrarse con su pareja y su hijo.

res_1-25_mc_1432-24_ve_es.pdf

El texto de la CIDH señala que tras analizar las alegaciones de hecho y derecho efectuadas por la parte solicitante, el Instituto CASLA, la Comisión tomó en consideración que, "desde el 8 de diciembre de 2024, Nahuel Gallo estaría privado de la libertad por agentes del Estado de Venezuela, y hasta la fecha su paradero es desconocido". y que si bien, advierte que altos funcionarios estatales "habrían declarado que el propuesto beneficiario está detenido, las autoridades no han precisado información sobre su situación jurídica".

"Conforme lo revelan las declaraciones de altas autoridades de Venezuela, no se han tomado acciones para garantizar una comunicación entre Nahuel Gallo y el país del que es nacional, además, la Comisión observa que no existe, a nivel interno, posibilidades de pedir protección a favor del beneficiario", señala.

Según la CIDH, el caso "reúne prima facie los requisitos de gravedad, urgencia e irreparabilidad contenidos en el artículo 25 de su Reglamento". En virtud de ello, le solicita a Venezuela que adopte "las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal" de Gallo, en particular:

  • Informe si la persona beneficiaria se encuentra bajo custodia del Estado y las circunstancias de su detención; o bien, de las medidas tomadas a fin de determinar su paradero o destino;
  • Precise si la persona beneficiaria fue presentada a un tribunal competente para revisar su detención de habérsele imputado delitos;
  • Indique de manera expresa el tribunal que conocería su causa penal, de existir esta, o las razones por las que no ha sido puesta en libertad a la fecha;
  • Permita la comunicación del beneficiario con su familia y representantes legales de confianza dándoles acceso pleno a su expediente penal, de existir; y
  • Posibilite que tenga comunicación con el país del que es nacional; y
  • Informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los presuntos hechos que dieron lugar a la presente medida cautelar y así evitar su repetición.

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