A PARTIR DEL 01/11

La AFIP pedirá información a quien solicite factura 'A'

Cuando un cliente de un bar, restaurante o un hotel solicite la emisión del comprobante de operaciones entre Responsables Inscriptos, deberá llenar un formulario de declaración jurada. Luego el emisor de la factura estará obligado a informar a la AFIP sobre la operación.

CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24). A partir del 01/11 aquellos clientes de bares, restaurantes, hoteles, gimnasios y centros de estética que deseen por su compra llevarse una factura de tipo 'A' deberán llenar un formulario de declaración  jurada. 

 
La medida de la AFIP fue oficializada con su publicación en la edición del Boletín Oficial del martes. 
 
La normativa establece un régimen de pedido de información al que quedarán sometidos aquellos que estén autorizados a computar el crédito fiscal que surja de los consumos en los sitios alcanzados por la resolución.
 
El formulario es el F.8001y deberá ser completado, en parte, por el cliente y por el comerciante.
 
Luego, el proveedor del bien o el servicio que emita la factura "A" estará obligado a informar al organismo de recaudación sobre la operación.
 
Según el texto de la normativa, en el formulario se deberá identificar quién es el solicitante y se tendrá que especificar "el motivo de la excepción invocada".
 
Además, "el emisor podrá optar por hacer esas facturas 'A' en forma electrónica, consignando todos los datos específicos que se solicitan o bien continuar con sus métodos de facturación habituales y complementar los datos para la AFIP a través de un régimen informativo".
 
La información deberá ser suministrada por trimestre calendario y el vencimiento para enviar los datos a la AFIP será hasta el día 15, inclusive, del mes inmediato siguiente al trimestre del que se trate.