FOCO Día del jubilado > efeméride > beneficios previsionales

NO HAY PARAÍSO

Día del Jubilado, efeméride sin júbilo: ¿Por qué el 20 de septiembre?

El 20/09/1904 se sancionó la Ley de Jubilación N° 4.349, que reconoció el beneficio previsional para los empleados públicos de la Nación: Día del Jubilado.

En aquel caso fue a los funcionarios empleados, y agentes públicos de la nación, durante la 2da. presidencia de Julio Argentino Roca.

El beneficio previsional para los empleados públicos del Estado nacional impulsó la creación de la Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones, el primer instrumento que otorgó un ingreso a los trabajadores retirados de sus trabajos por edad avanzada.

Desde entonces se han sucedido las modificaciones -avances y retrocesos- a los sujetos de derecho implicados, a quienes se los nombra “jubilados” -“destinados al júbilo”, al “jubileo” por el descanso ganado luego de su trajinar laboral-.

La raíz de la palabra “trabajo” viene de un instrumento de tortura llamado “tripalium”, con el que se punía físicamente la falta o escasez de productividad.

Jubilados
Día del Jubilado: Mauricio Macri fue un desastre pero ¿ha cumplido sus promesas Alberto Fernández?

Día del Jubilado: Mauricio Macri fue un desastre pero ¿ha cumplido sus promesas Alberto Fernández?

Antecedentes, jurisprudencia y evolución

El origen data del año 1877, durante la presidencia de Nicolás Avellaneda, cuando se sanciona la Ley N°870 de creación del Sistema de Jubilación para Magistrados Judiciales, régimen financiado por el Estado.

De los dos períodos presidenciales de Roca (1880-1886 y 1898-1904) se rescata

  • la N°Ley 1.909, sancionada en 1886, que creó el Sistema de Jubilación para Maestros, con financiamiento público, y
  • la Ley 4349 de creación de la Caja de Jubilación de Funcionarios, Empleados y Agentes Civiles (1904), que comprendía a los empleados de la administración pública.

Este último régimen -origen de la celebración del día de la fecha-, contemplaba un sistema de capitalización pública colectiva para el financiamiento de los haberes: el Estado recibía los aportes de los afiliados, que se aplicaban a inversiones productivas y a pagar los beneficios correspondientes. No existían cuentas individuales sino una colectiva, integrativa de todos los asegurados, aunque los agentes sí estaban individualizados.

Con posterioridad, en el gobierno de Victorino de la Plaza, la Ley N°9.653, sancionada en 1915, creó la Caja de Jubilación de Ferroviarios, que estableció que todo trabajador despedido a causa de huelga perdería el derecho a jubilarse y los aportes que hubiese realizado.

El Gobierno radical se caracterizó por significativos avances en lo laboral y previsional.

Hipólito Yrigoyen,

  • en 1921, creó la Caja de Jubilaciones para los Trabajadores de Empresas de Servicios Públicos (tranviarios, telefónicos, telégrafos, gas y electricidad), y
  • en 1922, la Caja de Jubilaciones para los Empleados de los Bancos y Compañías de Seguros.

Marcelo Torcuato de Alvear promovió la sanción de:

  • La Ley N°11.289/23, hacia la jubilación universal y obligatoria, que 2 años fue anulada porque tanto la Unión Industrial como el sindicalismo cuestionaron el costo de su aplicación, rechazando el descuento por el aporte correspondiente (5% del salario).
  • La Ley N°11.371/24, que reglamentó el trabajo de menores.
  • La Ley N°11.278/25, que reglamentó el pago de salarios.

Las cajas de jubilaciones sostenían la lógica de la capitalización individual: los aportes y contribuciones se destinaban a engrosar el fondo que financiaba el haber jubilatorio y demás prestaciones de quienes se acogieren a la jubilación.

peron.jpg
Juan Domingo Perón hizo mucho por el sistema previsional pero el PAMI y las obras sociales sindicales fueron obra de sus enemigos militares.

Juan Domingo Perón hizo mucho por el sistema previsional pero el PAMI y las obras sociales sindicales fueron obra de sus enemigos militares.

Juan Perón

En octubre de 1943, el coronel Juan D. Perón, solicitó el Departamento Nacional del Trabajo. A los 2 meses de asumir, el Departamento fue Secretaría de Trabajo y Previsión, se impulsó la creación de la Caja de Jubilación del Personal de Comercio y Actividades Civiles y la Caja de Jubilación del Personal de la Industria.

Ya Presidente de la Nación,

  • convirtió la Secretaría de Trabajo en Ministerio de Trabajo y Previsión (1949);
  • creó la Caja de Jubilación de Trabajadores Rurales e Independientes, Profesionales y Empresarios (1954);
  • promovió la Ley N°14.370/54 que extendió el derecho a la previsión social.

Durante el gobierno de facto del general Pedro Eugenio Aramburu se dictó el Decreto Ley N°11.911/56, régimen de previsión para los trabajadores de servicio doméstico, cuyo capital se formaría con el aporte obligatorio del 5% de la remuneración a cargo de los afiliados y con la contribución de los empleadores del 7%, calculada en igual forma, más las multas, intereses, rentas, donaciones y legados.

Arturo Frondizi, durante su Presidencia, sancionó la Ley N°14.499/58, de movilidad del haber de la jubilación ordinaria. Estableció la equivalencia de ese haber al 82% móvil de la remuneración mensual asignada al cargo, oficio o función del afiliado al momento de jubilarse o de cesar en la prestación del servicio.

También disponía para quien desempeñase cargo, oficio o función de mayor jerarquía, considerar la remuneración devengada en esta última, siempre que hubiera ejercido por un periodo de 12 meses consecutivos como mínimo (Decreto 11732/60).

Otro aspecto destacable de la ley fue la creación del Fondo Compensador de Inversiones y Acumulación, a cargo del Instituto Nacional de Previsión Social, cuyos recursos se formaban con los excedentes de las Cajas Nacionales que lo integraban.

Los militares

La Revolución Argentina también hizo su contribución. Digan lo que digan, las obras sociales sindicales y la obra social para jubilados y pensionados fueron creaciones de gobiernos militares, no del peronismo. Por un lado, negociación de Augusto Timoteo Vandor, y por el otro un armado de Francisco Manrique.

En la etapa de Juan Carlos Onganía, reordenó el sistema con las Leyes N°18.037 y N°18.038.

Las cajas de jubilaciones se unificaron en 3, controladas por el Estado:

  • Caja de Jubilación de Trabajadores Autónomos,
  • del Estado y
  • de la Industria.

Además,

  • Se estandarizaron los requisitos para acceder a los beneficios, los mecanismos de financiamiento y la alícuota a pagar por aporte y contribuciones.
  • Se elevó la edad para acceder al beneficio de la jubilación.
  • Se elevó el número de años de aporte.
  • Se fijó que los haberes jubilatorios estarían asociados con la historia individual laboral de cada trabajador.

Pero, muy importante: la Revolución Argentina, en la etapa de Alejandro Agustín Lanusse, creó el Programa de Asistencia Médica Integral (PAMI), en el ámbito del Instituto de Servicios Sociales para Pensionados y Jubilados (INSSPJ).

Con el Proceso de Reorganización Nacional, todo fue para atrás.

En 1986, el presidente Raúl Alfonsín ordenó la Emergencia Previsional, congelando las demandas y la ejecución de las sentencias en contra del Estado. Un desastre consecuencia también del desastre fiscal.

csjn.jpg
La Corte Suprema de Justicia de la Nación debe resolver cada semana decenas de juicios a favor de los jubilados, provocados por malas liquidaciones del Ejecutivo Nacional.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación debe resolver cada semana decenas de juicios a favor de los jubilados, provocados por malas liquidaciones del Ejecutivo Nacional.

Juicios, juicios y juicios

En los años '90, Carlos Menem realizó una reforma al sistema previsional.

La Ley N°24.241/94 estableció un sistema mixto de reparto público y capitalización individual.

Uno administrado por el Estado, y el otro por las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP) y Compañías de Seguro de Retiro (CSR).

Cristina Fernández de Kirchner revisó eso porque quería apropiarse del dinero de quienes habían aportado al sistema de AFJP.

La Ley N°26.425/08 unificó el sistema en un único régimen denominado Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Así se creó un Fondo de Garantía de Sustentabilidad y se dispuso la transferencia a la Administración de Seguridad Social (ANSeS) de los depósitos que se encontraban en las cuentas de capitalización de los afiliados y beneficiarios.

Luego ocurrieron polémicas ampliaciones de beneficios jubilatorios a cuenta del déficit fiscal pero que se consideró sumaban sufragios.

Y se volvió a la emergencia previsional con cientos de miles de juicios de jubilados damnificados, fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, historia de nunca acabar porque el Fisco no resuelve el problema.

Hoy día el sistema es aritméticamente inviable.

Pero nadie quiere enfrentar el problema y se intenta dilatarlo.

Sin embargo, para que los jubilados voten al FdT, en 2019 se disponen actualizaciones extraordinarias de los niveles mínimos de jubilación. Los jubilados terminan siendo mendigos del Estado Nacional.

FUENTE: Urgente 24

Dejá tu comentario